9 Cosas Que Debe Saber El Hostelero Sobre El Bisfenol A (BPA)

9 cosas que debe saber el hostelero sobre el bisfenol A (BPA)

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

NORMATIVA

9 cosas que debe saber el hostelero sobre el bisfenol A (BPA)

Por Felac Innova 19 Julio 2018

Ni todos los plásticos llevan BPA ni los artículos de policarbonato están prohibidos si cumplen con la normativa, cuya actualización entra en vigor en breve.

Contenedores para almacenar alimentos de policarbonato de Araven

¿Qué es el bisfenol A (BPA)?
El bisfenol A (No CAS 80-05-7), conocido también como BPA según su abreviatura en inglés, es una sustancia química ampliamente utilizada en la industria, incluyendo la fabricación de materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos. Principalmente se emplea para fabricar policarbonato, y revestimientos de tipo epoxi para latas de alimentos y bebidas.

¿Todos los plásticos contienen BPA?
Los plásticos son como los metales: hay de muchas clases. “No todos los materiales plásticos destinados al contacto alimentario contienen BPA”, aclara Mª Carmen Moreno, investigadora del laboratorio químico del Instituto Tecnológico del Plástico (AIMPLAS) en la sección de Food Contact and Packaging, centro de referencia en materia de seguridad alimentaria en plásticos.

El documento para comprobar si una materia prima contiene o no BPA es la “Declaración de conformidad”, la cual debe facilitarse en el momento de la venta de la materia prima.

Cubetas Gastronorm de Pujadas en policarbonato

¿Dónde se encuentra el policarbonato en la hostelería?
De policarbonato suelen ser algunos tipos de platos, vasos, copas, tazas, boles, jarras o bandejas de plástico utilizados en la hostelería, así como los omnipresentes contenedores o cubetas de almacenamiento de medidas Gastronorm.

Mª Carmen Moreno explica que el policarbonato es un plástico elegido por su “combinación exclusiva de propiedades”, que son la transparencia, superficie brillante, alta resistencia térmica, resistencia al impacto, cualidades aislantes y buena estabilidad dimensional.

¿Qué dice la norma europea que entra en vigor en septiembre sobre el BPA?
Los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos están regulados por el Reglamento (UE) 10/2011, el cual ha sufrido distintas modificaciones en los últimos años. La más reciente es el Reglamento (UE) 2018/213, de 12 de febrero de 2018, que afecta al uso del bisfenol A en este tipo de materiales plásticos y que entrará en vigor el próximo 6 de septiembre.

Según esta legislación, el BPA queda prohibido en la fabricación de envases de alimentos y bebidas para uso infantil. Asimismo, el límite de migración específico (LME) para plásticos en contacto con alimentos, barnices y recubrimientos se ha establecido en 0,05 mg/kg de alimento –frente a los 0,6 mg/kg que fijaba el Reglamento 10/2011 solo para plásticos en contacto con alimentos–.

¿Qué es el LME?
El límite de migración específica es la cantidad máxima permitida de una sustancia liberada desde un material u objeto en los alimentos.

Con el LME, establecido por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA por sus siglas en inglés), se garantiza que el material en contacto alimentario no conlleva un riesgo para la salud.

Para determinar la migración específica del BPA, los fabricantes someten a sus productos de policarbonato a ensayos en centros autorizados.

En el caso de Araven, los productos que fabrica en policarbonato llevan el sello “PC_SAFE”, con lo que la firma quiere transmitir que cumple con la normativa y está dentro de las limitaciones de sustancias en materiales plásticos en contacto con los alimentos.

Gregorio Estrada, director general de A.M.C., precisa que lo que se prohíbe no es el policarbonato, “sino los productos plásticos que contienen BPA con unos índices altos de migración, lo cual es debido, en muchos casos, a la compra de plásticos económicos”.

Vasos de policarbonato de la marca A.M.C.

¿Está prohibido el bisfenol A en Francia?
Si bien la Comisión Europea ha manifestado que está permitido el uso del BPA para estar en contacto con los alimentos definiendo unos límites máximos de migración y con la excepción de artículos dirigidos a lactantes y niños de corta edad, en Francia actualmente está prohibido el uso del BPA en todos los envases, recipientes y utensilios destinados a entrar en contacto directo con los alimentos.

Tras una denuncia de la asociación europea de fabricantes de plásticos Plastics Europe, en el 2015 el Tribunal Constitucional francés levantó parcialmente la prohibición al eximir de la ley a la fabricación y exportación de materiales en contacto con alimentos que contenían BPA. Sin embargo, la prohibición de estos materiales en el mercado francés sigue siendo válida y, por tanto, no se pueden importar ni utilizar.

¿Qué medidas han tomado los fabricantes españoles para vender sus productos de policarbonato en el mercado francés?
En los últimos años, algunos fabricantes que exportaban a Francia optaron por lanzar gamas de sus productos hechos con otros materiales distintos al policarbonato para comercializar en ese mercado.

Un ejemplo lo encontramos en la marca Pujadas, que se inclinó por un copoliéster, material libre de BPA, para fabricar cubetas Gastronorm y jarras. “En Francia sustituimos los productos que ofrecíamos en policarbonato por un copoliéster, a pesar de que su precio es un 25% más elevado”, afirma Daniel Soler, director de Marketing de Vollrath Pujadas.

Araven, por su parte, fabrica desde el 2014 una línea de contenedores para alimentos en ABS –libre de BPA– como alternativa a la tradicional en policarbonato para la vecina Francia.

Cubetas Gastronorm De Pujadas Fabricadas En Copoliéster
Cubetas Gastronorm De Pujadas Fabricadas En Copoliéster
Cubetas Gastronorm de Pujadas fabricadas en copoliéster
Gama De Contenedores Gastronorm En ABS De Araven
Gama de contenedores Gastronorm en ABS de Araven

¿Hay algún plástico con las mismas las propiedades del policarbonato?
Según AIMPLAS, ningún material puede reunir todas las características del policarbonato. “Por ello, en caso de querer sustituirlo, es necesario seleccionar el nuevo material en función de las propiedades que interesen según la aplicación final”, manifiesta Mª Carmen Moreno.

De la misma opinión son los fabricantes de artículos de plástico para hostelería. “Cualquier material alternativo no actúa de la misma manera que el policarbonato, tanto en su comportamiento mecánico como en el rango de temperaturas que soporta en continuo, por eso algunos clientes son reacios al cambio y no demandan un material distinto al policarbonato”, comenta Manuel Rodríguez, director de Marketing de la división de hostelería de Araven.

Para Alberto Ginette, director general de Fervik, “la alta resistencia térmica y al impacto del policarbonato son dos características fundamentales para los artículos dirigidos a la hostelería y, además, el policarbonato ofrece un precio razonable dentro de la gama alta de plásticos técnicos”.

¿Qué futuro le depara al bisfenol A?
Esta última modificación legal vendrá seguida por una nueva reevaluación completa del BPA, que correrá a cargo de la EFSA por encargo de la Comisión Europea.

En esta reevaluación serán tenidos en cuenta los resultados definitivos de un estudio de toxicidad del BPA en roedores realizado por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA por sus siglas en inglés) de Estados Unidos, cuyas conclusiones provisionales parecen volver a demostrar que el BPA es seguro a los bajos niveles a los que la población está expuesta normalmente.

Más Claves Sobre El Nuevo Reglamento Europeo Que Regula Los Aparatos De Gas

Más claves sobre el nuevo reglamento europeo que regula los aparatos de gas

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

ACTUALIDAD NORMATIVA

Más claves sobre el nuevo reglamento europeo que regula los aparatos de gas

Por Felac Innova 24 Mayo 2018

La directiva que hasta ahora amparaba el marcado CE de los aparatos que queman combustibles gaseosos ha sido derogada y reemplazada por un nuevo reglamento.

Rafael Olmos, presidente de Felac, intervino en la jornada sobre el nuevo reglamento celebrada en Hostelco

Como informaba Felac Innova en un artículo anterior, desde el pasado 21 de abril, el Reglamento Europeo de Aparatos de Gas 2016/426 –conocido como GAR (Gas Appliances Regulation)–, ha sustituido la Directiva 2009/142/CE (GAD, Gas Appliances Directive), que venía regulando los aparatos de gas para su comercialización y puesta en servicio.

Con el objetivo de informar de las novedades de esta reglamentación, la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (Felac) organizó una jornada en la feria Hostelco, el 17 de abril, bajo el título “Nuevo Reglamento Europeo de Aparatos de Gas: obligaciones para fabricantes, distribuidores, importadores y representantes”.

“Nos encontramos ante un importante cambio normativo que conlleva un conjunto de obligaciones para fabricantes, importadores, distribuidores y representantes”, manifestó Rafael Olmos, presidente de Felac. “Unas obligaciones que estos agentes económicos deben conocer para poder poner en el mercado, a partir de ahora, los aparatos de gas, tanto los nuevos como los que se han estado fabricando hasta el momento”, señaló.

¿Qué debe hacer un fabricante si tiene en stock productos fabricados antes del 21 de abril?
En efecto, tal como explicó Marc Parera, técnico del laboratorio de aparatos de gas y calderas de Applus, “el reglamento establece el 21 de abril del 2018 como la fecha a partir de la cual no se puede introducir en el mercado producto con marcado CE de acuerdo a la Directiva 2009/142/CE, por lo que los organismos notificados, que son los que intervienen en el proceso de evaluación de conformidad de los productos, tienen que dar de baja todos los ‘certificados CE’ emitidos en base a esa directiva”.

De esta manera, la “certificación CE” (según la Directiva GAD) deja de ser válida y se requiere la nueva “certificación UE” (según el Reglamento GAR), que ya es obligatoria para las fabricaciones de aparatos de gas puestas en el mercado desde el pasado 21 de abril. Por tanto, un fabricante de aparatos de gas que tenga productos en stock deberá solicitar al organismo notificado que emitió el “certificado CE” –u a otro si lo cree conveniente– el “certificado UE”.

Coexistencia en el mercado de aparatos de gas acordes con las dos normativas
Esta nueva norma jurídica conduce a una situación en la que, durante un tiempo, convivirán en el mercado aparatos de gas de conformes con la Directiva GAD y otros ya adecuados al nuevo Reglamento GAR. Esto es así porque si, por ejemplo, un fabricante de aparatos de gas ha vendido sus productos a un distribuidor antes del 21 de abril y el “certificado CE” está a nombre de ese fabricante como peticionario, los productos están legalmente en el mercado y no se les puede exigir la “certificación UE”.

El espacio The Hostelco Speakers’ Corner acogió la sesión informativa sobre el GAR

En el caso de que el “certificado CE” hubiera sido emitido a nombre del distribuidor o representante, los aparatos de gas acordes con la Directiva GAR tendrían que haber salido del almacén de este distribuidor o representante antes del 21 de abril para poder estar legalmente en el mercado.

Según Belén Bailera, responsable del laboratorio de aparatos de gas y calderas de Applus, “el cambio normativo está fundamentado en una homogeneización de las reglamentaciones vigentes entre los estados miembros de la Unión Europea y en una adaptación a los últimos avances tecnológicos de los productos que circulan por el mercado europeo, pero no hay ningún nuevo requisito de seguridad que se haya modificado, por lo que los aparatos conformes a la Directiva GAD no generan ningún peligro que obligue a su retirada del mercado”.

¿Qué ocurre con los componentes?
Otra de las novedades que incorpora el Reglamento Europeo GAR es que los componentes de los aparatos de gas –denominados “equipos” en el texto legal– están obligados asimismo a llevar el marcado CE.

Un fabricante de aparatos de gas podrá incorporar componentes comprados antes del 21 de abril del 2018 a sus aparatos. “Lo importante es que, en la próxima compra, exijan a su proveedor la ‘certificación UE’, así como la ‘declaración UE de Conformidad’ de los mismos, un documento que es obligatorio entregar con cada aparato y equipo, y que incluye información muy detallada de toda la reglamentación que cumple, además de qué organismos notificados han participado en la certificación y evaluación de la conformidad del producto”, advirtió Belén Bailera.

Análisis y evaluación de riesgos: nueva obligación
El reglamento exige un nuevo requisito: el análisis y la evaluación de riesgos de los aparatos y equipos de gas. Tal como expuso David Xaubet, responsable técnico de certificación de producto para seguridad de máquinas de Applus, “la documentación técnica que el fabricante presente al organismo notificado debe contener un análisis y evaluación adecuados de los riesgos identificando las soluciones aplicadas”.

Se intentará reducir todos aquellos riesgos que no se puedan evitar y, como última alternativa, deberán quedar advertidos correctamente en el propio aparato –mediante pictogramas y carteles informativos– y también en la documentación técnica –manual de instrucciones–.

Joana Hernández, de Applus, organismo notificado para el reglamento GAR

Con el propósito de garantizar la trazabilidad
Una vez que el fabricante dispone de la “certificación UE” emitida por el organismo notificado, debe preparar el marcado CE, las inscripciones y la “declaración UE de conformidad”. Como novedad, el reglamento GAR detalla qué información mínima debe aparecer en esa “declaración UE de Conformidad”, la cual debe acompañar a cada aparato que se ponga en el mercado.

Un dato que debe indicarse a partir de ahora es el número de producto, lote, tipo o serie. “La finalidad es garantizar la trazabilidad de ese aparato o equipo, ya que esta misma información debe coincidir con la que aparece en la placa de características, que es también un requisito nuevo”, explicó Joana Hernández, responsable técnica de certificación de producto para aparatos de gas y calderas de Applus.

“De esta forma, el producto quedará perfectamente identificado en fábrica –mediante los registros de producción– y fuera de fábrica –gracias a la placa de características y la “declaración UE de conformidad”–. En caso de que un estado miembro requiera información de ese producto para verificar cómo se ha fabricado y cuándo se certificó, será posible encontrar esos datos”, comentó Belén Bailera.

El reglamento europeo exige igualmente al agente responsable del producto la conservación de la documentación técnica y la “declaración UE de conformidad” durante diez años después de la introducción del aparato o equipo en el mercado.

Siete Novedades Que Trae El Reglamento Europeo Para Aparatos De Gas

Siete novedades que trae el reglamento europeo para aparatos de gas

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

ACTUALIDAD NORMATIVA

Siete novedades que trae el reglamento europeo para aparatos de gas

Por Felac Innova 15 Febrero 2018

El próximo mes de abril llega un cambio normativo que atañe a fabricantes, importadores y distribuidores de aparatos de gas.

Para acceder al mercado europeo, los aparatos de gas de uso profesional deberán cumplir con el GAR
Foto: Jemi

Este artículo es fruto de la colaboración entre Felac Innova y Applus organismo notificado para el reglamento europeo de aparatos de gas y con laboratorio propio de ensayos– con el objetivo de explicar las claves del reglamento europeo GAR.

El 21 de abril de este año quedará derogada la directiva que actualmente regula los aparatos de gas para su comercialización y puesta en servicio (directiva 2009/142/CE), conocida como GAD (Gas Appliances Directive). A partir de ese día, se aplicará el reglamento (UE) 2016/426 sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos (GAR, Gas Appliances Regulation).

El reglamento GAR surge de la necesidad de modificar algunas de las disposiciones de la directiva para aclararlas y actualizarlas. Al tratarse de un reglamento, no se ha requerido su transposición al ordenamiento jurídico de cada país, evitando posibles divergencias y garantizándose su aplicación uniforme en toda la Unión Europea.

El ámbito de aplicación del reglamento GAR sigue siendo el de los aparatos y equipos. Los “aparatos” son definidos como “aquellos que queman combustibles gaseosos y se utilizan para cocción, refrigeración, acondicionamiento de aire, calefacción, producción de agua caliente, iluminación o lavado, así como los quemadores de aire insuflado y los cuerpos calefactores equipados con tales quemadores”. Los “equipos”, por su parte, equivalen a los componentes de los aparatos, siendo descritos como “los dispositivos de seguridad, control o regulación y sus subconjuntos, destinados a ser incorporados en un aparato o a ser montados para constituir un aparato”.

Garantizar que los aparatos y componentes de gas proporcionen un elevado nivel de protección de la salud y seguridad de las personas, y hagan un uso racional de la energía son los propósitos del GAR

Los aparatos para ser utilizados, tanto en procesos industriales llevados a cabo en instalaciones industriales como en aeronaves y ferrocarriles, y aquellos con fines de investigación quedan fuera del alcance del reglamento.

El objetivo de esta regulación es “garantizar que los aparatos y equipos presentes en el mercado de la Unión Europea cumplan los requisitos que proporcionan un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, los animales domésticos y los bienes, y un uso racional de la energía”. Asimismo, el reglamento GAR establece las normas que regulan la colocación del marcado CE de estos aparatos y equipos.

¿Qué es el marcado CE?
El marcado CE simboliza la conformidad de un producto con los requisitos aplicables de la legislación de la Unión Europea. Por ello, antes de colocarlo, el fabricante debe seguir los procedimientos adecuados de evaluación de la conformidad que marca el reglamento GAR, los cuales requieren la intervención de organismos de evaluación de la conformidad notificados por la Unión Europea.

Para los productos fabricados en serie, esos procedimientos han de iniciarse con la evaluación de una muestra representativa de un modelo de producto mediante el “examen UE de tipo”. La tarea del organismo notificado consistirá en verificar si el diseño técnico de ese aparato o componente cumple los requisitos del reglamento, mediante ensayos y un análisis de la documentación técnica facilitada por el fabricante. En caso afirmativo, ese organismo expedirá un “certificado de examen UE de tipo”.

El organismo notificado ha de realizar un proceso de ensayos del producto en el laboratorio
Foto: Applus

A partir de ese momento, el fabricante ya estará en disposición de elaborar la “declaración UE de conformidad” –según la cual declara que los aparatos fabricados son conformes con el modelo descrito en el “certificado UE de tipo” y con los requisitos esenciales del reglamento– y colocar el marcado CE en el producto.

Adicionalmente, es obligatorio que el fabricante se someta a uno de los procedimientos establecidos para la evaluación de conformidad con el propósito de verificar que continúa fabricando del mismo modo que constató el “certificado UE de tipo”. Para ello, podrá optar por uno de entre cuatro módulos que evalúan la conformidad con el tipo. Tras la resolución de este proceso de forma favorable, el organismo notificado emitirá un “certificado de conformidad con el tipo”, que debe renovarse periódicamente.

Principales novedades del GAR
1. De la “certificación CE” a la “certificación UE”
La “certificación CE” deja de ser válida y se requerirá la nueva “certificación UE”, la cual se materializa en el “certificado de examen UE de tipo” y “certificado de conformidad UE con el tipo”.

“Es obligatorio que los productos que se pongan en el mercado a partir del 21 de abril del 2018 dispongan de la nueva ‘certificación UE’, lo que conlleva alguna obligación más para el fabricante que las que implicaba la directiva GAD. No obstante, los aparatos y equipos que cuenten con el ‘certificado CE’ y hayan sido puestos en el mercado antes de esa fecha no quedan afectados por este cambio”, precisa Belén Bailera, jefe de laboratorio de grifería sanitaria y aparatos de gas de Applus.

Otra novedad es que el “certificado de examen UE de tipo” tendrá, a partir de la fecha de emisión, una validez de 10 años.

2. Obligaciones de los agentes económicos
Además de al fabricante, el reglamento GAR incluye a las figuras de representante autorizado, importador y distribuidor como agentes económicos, atribuyéndoles una serie de obligaciones. Así, se considera fabricante a aquel importador o distribuidor que introduce un aparato o equipo en el mercado con su nombre o marca, o que modifica un aparato o equipo ya puesto en el mercado.

Tanto el importador como el distribuidor estarán obligados a asegurarse de que los aparatos y equipos que comercializan lleven el marcado CE y vayan acompañados de la “declaración UE de conformidad”, además de las instrucciones e información relativas a la seguridad (manuales de instalación e instrucciones, y advertencias oportunas en el aparato y embalaje), redactadas en una lengua comprensible para los consumidores y usuarios finales. También habrán de cerciorarse de que el fabricante haya seguido el correspondiente procedimiento de evaluación de la conformidad y haya elaborado la documentación técnica, para que, en caso de requerimiento por parte de las autoridades, pueda ser presentada.

El distribuidor, por su parte, confirmará que el fabricante y el importador hayan respetado los requisitos establecidos en cuanto a la identificación del producto con un número de tipo, lote o serie, y a la indicación en el aparato del nombre, nombre comercial registrado o marca registrada del fabricante o importador, así como su dirección postal de contacto.

Jornada informativa celebrada en la sede de Applus sobre el GAR
Foto: Applus

3. Evaluación de riesgos
La documentación técnica que el fabricante presenta al organismo notificado para solicitar el “certificado de examen UE de tipo” de un aparato o equipo deberá incluir un análisis y evaluación de riesgos del mismo. Según David Xaubet, responsable técnico de certificación de producto para seguridad de máquinas de Applus, “el fabricante tendrá que analizar los riesgos que puedan generar los aparatos, que suelen ser mecánicos, eléctricos, de compatibilidad electromagnética, o los derivados de las atmósferas explosivas (ATEX), así como tener en cuenta no solo los usos previstos del aparato sino los usos razonablemente previsibles”.

Una vez el fabricante haya definido los riesgos, deberá, en este orden: eliminarlos o reducirlos en la medida de lo posible; adoptar las medidas de protección necesarias frente a los riesgos que no pueden eliminarse, e informar a los usuarios de los riesgos residuales e indicar si es necesario tomar precauciones.

4. Una única “declaración UE de conformidad”
Si un aparato o equipo está sujeto a más de una norma que exija una “declaración UE de conformidad”, el fabricante elaborará una única declaración. Asimismo, este conservará la documentación técnica y la “declaración UE de conformidad” durante 10 años.

5. Uso racional de la energía
El GAR no debe aplicarse en lo que incumbe a aspectos tratados de forma más específica por otra legislación de armonización de la Unión Europea. “Es el caso del requisito del reglamento del uso racional de la energía, el cual queda sin aplicación si al producto en cuestión le aplica la directiva de ecodiseño 2009/125/CE, encargada de establecer los requisitos para la eficiencia energética de los aparatos. A día de hoy, en lo que afecta a aparatos de gas, serían un ejemplo de esta excepción las calderas y calentadores”, señala Belén Bailera.

6. Más riesgos detectables por las autoridades de vigilancia del mercado
Actualmente las autoridades nacionales de vigilancia del mercado pueden instar al agente económico a tomar las medidas oportunas si creen que un aparato o equipo presenta un riesgo para la salud o seguridad, pero a partir de abril será también motivo suficiente el considerar que el marcado CE no es conforme, o no se dispone de la “declaración UE de conformidad” o de la documentación técnica.

Para Belén Bailera, “es un cambio importante que tener presente, ya que hasta ahora no se especificaba de forma tan clara que un incumplimiento de este tipo, es decir, una “falta documental”, pudiese implicar la retirada del producto del mercado, de forma similar a cuando supone un riesgo para la seguridad o salud”.

7. El marcado CE: también obligatorio para los componentes
Los equipos, que no son aparatos sino productos intermedios diseñados para ser incorporados en un aparato, también deben llevar el marcado CE.

Los Fabricantes Españoles Ya Ofrecen Armarios Refrigerados De Clase A

Los fabricantes españoles ya ofrecen armarios refrigerados de clase A

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

NORMATIVA

Los fabricantes españoles ya ofrecen armarios refrigerados de clase A

Por Felac Innova 22 Noviembre 2017

La llegada de la etiqueta energética al frío comercial ha supuesto un revulsivo para la industria, que lanza los primeros modelos con la máxima clasificación.

Mesas y armarios de Fagor Industrial con clase de eficiencia energética A

El etiquetado energético en los armarios y mesas de conservación refrigerados de uso profesional es obligatorio desde hace poco más de un año, tal como informó

Felac Innova en octubre del 2016. Mientras tanto, la industria española se ha afanado en mejorar la eficiencia energética de sus equipos y en desarrollar los primeros modelos con etiqueta energética de clase de eficiencia energética A.

La letra A identifica a los equipos más eficientes en una escala que va desde esta letra hasta la G. Además de la clasificación de eficiencia energética del equipo, los datos que aparecen en la etiqueta energética ayudan a comprender cuán eficiente es el equipo de refrigeración: el volumen para contener los alimentos dentro de un límite de carga, la temperatura de funcionamiento de refrigeración o congelación, el consumo anual de electricidad en kW/h, y la clase climática donde el equipo funcionará más eficientemente.

Modelo de etiqueta de eficiencia energética

La opinión de las marcas
La vía principal para mejorar la eficiencia energética de los armarios y mesas de refrigeración y escalar hasta la clase A ha sido sustituir el gas refrigerante con el que funcionaban hasta ahora, normalmente gases fluorados de tipo HFC (hidrofluorocarbonos) –como el R134a y el R404A– por hidrocarburos como el R290 y el R600a.

José María Torres, director de Marketing de Infrico, explica que el hidrocarburo R290 forma parte del grupo de refrigerantes naturales y tiene un potencial de reducción de ozono (ODP) nulo y un potencial de calentamiento global (GWP) insignificante en comparación con los refrigerantes tradicionales. “El equipo profesional que funciona con gases fluorados se sitúa en una clase de eficiencia energética que, en el mejor de los casos, puede corresponder a la letra D”, afirma.

Gama de frío comercial de Infrico con clase de eficiencia energética A

Según Manuel Mellado, jefe de producto de Coreco, la maquinaria de clase A de la firma “puede suponer un gasto energético anual de una quinta parte del correspondiente a un equipo de hace cinco o seis años”. “El gasto de electricidad a la hora de un armario con unos 500 litros de capacidad equivale al de una bombilla de 40 W, con la salvedad de que el armario da servicio a un restaurante manteniendo los alimentos a la temperatura adecuada”, precisa.

Dado que las soluciones de clase de eficiencia energética A se salen de la oferta estándar en refrigeración comercial, su precio es también mayor. Un 20% superior al de los equipos estándar, según Fagor Industrial, que estima en tres años y medio su amortización en energía consumida.

Un gran ahorro para el hostelero
El principal beneficio para el usuario está claro: el ahorro en la factura de la electricidad. “Hay que tener en cuenta que el consumo energético es un coste operacional de una empresa”, subraya José María Torres. Mikel Olarte, director de Marketing de Fagor Industrial apunta otra ventaja: “Los edificios de nueva construcción están obligados a disponer de una certificación energética, y no va a suponer lo mismo tener equipos de frío eficientes energéticamente que otros que no lo sean”.

Para los fabricantes españoles de refrigeración comercial, la carrera de la eficiencia energética no ha hecho más que empezar. Según José Manuel Lara, jefe técnico de Docriluc, “los fabricantes vamos a continuar sacando gamas situadas en las primeras posiciones de la clasificación, si bien para ello va a ser vital el desarrollo de nuevos gases refrigerantes y compresores de alto rendimiento energético”.

Mikel Olarte, por su parte, insiste en la apuesta decidida de la industria española de refrigeración comercial por sacar al mercado equipos con la eficiencia energética por bandera. “Detrás de ello ha habido un importante esfuerzo en I+D que pone de manifiesto una vez más el alto nivel de nuestra industria”, declara.

Primeros equipos de refrigeración de Coreco clasificados con la letra A

¿Cómo consiguen los fabricantes mejorar la eficiencia energética?
Aparte de la sustitución de los gases refrigerantes fluorados por hidrocarburos, los fabricantes también han conseguido mejorar la eficiencia energética de los equipos aumentando el espesor de los aislamientos, optimizando el sistema frigorífico y utilizando componentes altamente eficientes. En definitiva, todo un conjunto de transformaciones que hacen que su precio se incremente.

Dentro de la oferta de equipos de refrigeración profesional de clase de eficiencia energética A fabricada por firmas españolas, a día de hoy se encuentran gamas de armarios y mesas Gastronorm de Coreco, Docriluc, Fagor Industrial e Infrico.

¿Qué Es BIM?

¿Qué es BIM?

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

ACTUALIDAD HOSTELERÍA

¿Qué es BIM?

Por Felac Innova 22 Noviembre 2017

Una nueva manera de trabajar se impone en el sector de la construcción que afecta también al modo en que los fabricantes de equipamiento ofrecen sus catálogos de productos al mercado.

La metodología de trabajo BIM ha llegado para quedarse al campo de la construcción
Foto: Fotolia

BIM (Building Information Modeling) es una metodología de trabajo colaborativa para la creación y gestión de proyectos constructivos, ya sean de edificación o de obra civil, a través de una maqueta digital. Esta maqueta digital constituye una gran base de datos que permite gestionar los elementos que forman parte de esa obra durante todo el ciclo de vida de la misma.

De esta manera, BIM supone la evolución de los sistemas de diseño tradicionales basados en el plano, ya que incorpora información geométrica (3D), de tiempos (4D), de costes (5D), ambiental (6D) y de mantenimiento (7D).

Según Sergio Muñoz, secretario de la asociación Building Smart Spain, “toda esa información que el modelo digital BIM proporciona, combinada con la geométrica, permite tomar mejores decisiones, ya que pueden estimarse costes de consumo energético del edificio, prever su comportamiento acústico o tener un presupuesto actualizado en tiempo real”.

Los entornos de trabajo BIM posibilitan que toda la información sea compartida por los diferentes participantes en el proyecto constructivo –arquitectos, constructores, ingenieros, etcétera– y también entre las diferentes etapas del mismo. Así, el trabajo colaborativo es cardinal en la metodología BIM. “Se pretende que todos los agentes que participan en un proyecto constructivo lo hagan en todas las fases, de manera que aquellos que están involucrados en la construcción, operación y mantenimiento tomen parte también en el diseño. Si todos los agentes dan su visión en la fase de diseño, seguro que se evitan posibles riesgos e incertidumbres futuros”, explica Sergio Muñoz. “La idea es huir de la forma actual de trabajo secuencial, según la cual yo hago mi trabajo, te lo paso, tú haces el tuyo y se lo pasas al siguiente, a un modelo colaborativo que permita que la gente pueda participar al mismo tiempo”, precisa.

Restaurante Fish by José Andrés (Maryland, Estados Unidos) proyectado por Capella García Arquitectura
Foto: Capella García Arquitectura

Implantación progresiva en distintos países
Durante los últimos años, el uso de la metodología BIM se va extendiendo por todo el mundo. En licitaciones públicas, ya es obligatoria en países como Noruega, Dinamarca, los Países Bajos y el Reino Unido. En otros, a pesar de no existir una obligatoriedad, se valora su utilización en la contratación pública. Es el caso de Japón, Corea del Sur, Estados Unidos o Australia.

En España, el Ministerio de Fomento creó en el 2015 la Comisión BIM para la implantación de la metodología BIM en nuestro país. Un año antes, la Unión Europea había instado a los países miembros a que se considerara la conveniencia de incorporar esta forma de trabajo para modernizar y mejorar los procesos de contratación pública.

España prevé la inclusión progresiva de requisitos BIM en los pliegos de las licitaciones públicas relacionadas con la edificación a partir de diciembre del 2018

Junto a Alemania e Italia, España se encuentra dentro del grupo de países que en los próximos años exigirán como obligatorio su uso en licitaciones. En concreto, según informan a Felac Innova fuentes de la Comisión BIM, el calendario que se está barajando en España contempla la inclusión progresiva de requisitos BIM en los pliegos de las licitaciones públicas relacionadas con la edificación a partir de diciembre del 2018 y en las referidas a las infraestructuras a partir de diciembre del 2019. Pero a pesar de no ser obligatorio, actualmente ya hay administraciones públicas españolas que están exigiendo o valorando el empleo de la metodología BIM en los concursos públicos.

Dos experiencias con BIM: Sach Consulting y Capella García Arquitectura
Sach Consulting es una consultoría de ingeniería y project management que desde el 2012 elabora la gestión de sus proyectos con la que ha bautizado como “metodología BIM project management”, que es el resultado de la aplicación de los procesos de la norma ISO 21500 y del modelo BIM.

Felipe Choclán, arquitecto y BIM project manager de Sach Consulting, se refiere a BIM como “la revolución industrial del siglo XXI en la industria de la construcción”. “Lo que hasta hace muy poco era el futuro en cuanto a BIM, actualmente es el presente, y todo aquel que en el sector de la construcción no haya sido capaz de hacer la inmersión en esta metodología de trabajo, está fuera de juego. Todas las partes de un proyecto constructivo han de ser conscientes de la necesidad de trabajar con BIM: tanto los promotores privados como públicos, constructores, arquitectos e ingenieros y los responsables de project y facility management”, declara.

Miquel García, socio del estudio Capella García Arquitectura, trabaja desde hace cerca de 25 años con el embrión de la metodología BIM. “En aquella época el BIM no existía como concepto, hablábamos de ‘edificio virtual’”, comenta. “En nuestro caso, seguimos utilizando BIM como herramienta de diseño, con la ventaja de que ganamos un gran control sobre el proyecto porque ya en la fase de diseño puedes prever problemas que pueden generarse después”, afirma.

Hotel en construcción en Lisboa firmado por Capella García Arquitectura
Foto: Capella García Arquitectura

El papel de los fabricantes de equipamiento
Según Sergio Muñoz, los fabricantes de todo tipo de equipamiento tienen que tener en cuenta que se encuentran en un punto importante en toda esta transformación: “Es fundamental que digitalicen sus catálogos de productos en formato BIM y los ofrezcan así al mercado en sus propias páginas web.  Eso va a permitir que un arquitecto o un prescriptor pueda descargar esos productos para incorporarlos a un proyecto, de manera que estamos hablando de productos que pueden llegar a cualquier parte del mundo”.

Actualmente existen empresas privadas, como BIMObject o BIMETICA, que ofrecen plataformas en internet que sirven de enlace entre los fabricantes de productos para la construcción, y los arquitectos, ingenieros, diseñadores, instaladores y prescriptores. Los fabricantes utilizan estos portales como herramienta de marketing, publicando sus productos digitalizados en formato BIM (“objetos BIM”) con el propósito de obtener visibilidad en el sector de la construcción y aumentar así sus posibilidades de ser seleccionados en la fase de diseño.

Algunas empresas integradas en Felac están presentes en estas plataformas multiproducto y multimarca. Es el caso del fabricante de equipos de refrigeración comercial Coreco, que desde hace unas semanas tiene productos en BIMObject. “Hemos apostado por tener presencia en esta plataforma donde nuestros clientes podrán optar a nuevas oportunidades de negocio usando esta tecnología”, manifiesta Manuel Mellado, jefe de producto de Coreco.

Novedades Normativas Para La Hostelería

Novedades normativas para la hostelería

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

ACTUALIDAD NORMATIVA

Novedades normativas para la hostelería

Por Felac Innova 18 Octubre 2017

Han llegado dos nuevas normas UNE a la restauración: una es la primera sobre sistemas de extinción en cocinas, y la otra busca la mejora continua en el servicio.

En la rutina diaria de la preparación de alimentos en una cocina comercial pueden darse situaciones de ignición

Ha sido publicada la norma UNE 23510 de sistemas de extinción de incendios en cocinas comerciales, desarrollada con el objetivo de establecer una base común de protección de las cocinas comerciales, es decir, aquellas que pueden encontrarse en restaurantes, hoteles u hospitales.

El texto normativo ha sido elaborado por la Asociación Española de Normalización (UNE) a través del Comité Técnico de Normalización CTN 23, especializado en seguridad contra incendios y del que Tecnifuego-AESPI –asociación de empresas dedicadas a la protección contra incendios– ocupa la secretaría técnica.

Según Carlos Pérez, coordinador del Comité de Sistemas Fijos de Tecnifuego-AESPI, “la publicación de la norma UNE-23510 introduce en el mercado español un marco normativo con los requisitos mínimos para realizar el diseño, instalación y mantenimiento de los sistemas fijos automáticos de extinción de incendios destinados a la protección de las cocinas comerciales, el cual es aplicable a cualquier sistema de extinción de incendios”. “Aunque había diversos documentos técnicos que trataban la protección de las cocinas comerciales, hasta ahora no existía una norma española que abordase este asunto de manera global”, añade.

El marco legislativo actual para una cocina comercial en materia de seguridad contra incendios es, por una parte, el Código Técnico de la Edificación respecto a los usos que requieren protección contra incendios, y por otra parte, el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) en cuanto a los requisitos que deben cumplir los diferentes tipos de sistemas de protección contra incendios, y las empresas que los instalan y mantienen. “En este sentido, la publicación de la norma no implica un cambio legislativo”, afirma Carlos Pérez.

Los puntos más importantes
La norma UNE 23510, de aplicación voluntaria, está dirigida a la protección del riesgo, independientemente de cuál sea la tipología del sistema de extinción utilizado.

Carlos Pérez destaca otra cuestión relevante: “La norma dice que, para una protección correcta, se debe actuar de manera simultánea en todos los elementos de la cocina que se encuentran bajo una misma campana y sobre ella misma para evitar la propagación del incendio”. Así, la protección del riesgo incluye tanto los aparatos de cocina como la campana, el plénum y los conductos de extracción.

Primera norma española sobre sistemas de extinción en cocinas comerciales

Otro aspecto donde el experto pone el acento es en la inclusión de protocolos de extinción, “ya que son los que determinan los parámetros de uso que deben utilizarse en la configuración de los sistemas de extinción de incendios”.

Quedan fuera del alcance de esta norma las condiciones que deben cumplir los componentes que conforman los diferentes tipos de sistemas de extinción. Esta circunstancia no resta importancia a la necesidad de que los componentes estén diseñados para asegurar la funcionalidad y fiabilidad del sistema, tanto para aquellos para los que hay normas existentes como para los que por el momento no disponen de ellas.

Consultado sobre la maquinaria de hostelería, Carlos Pérez responde que la norma no habla de esta como tal, y solo se centra “en las condiciones que debe cumplir el sistema de extinción para aquellos equipos y aparatos relacionados con la cocción y la extracción de humos susceptibles de desarrollar un incendio”.

Ante la publicación de la UNE 23510, fabricantes de sistemas de extracción de humos para cocinas comerciales que distribuyen sistemas de extinción de incendios como Luis Capdevila y Morgui Clima aplauden su llegada. Para Luis Jofresa, gerente de Luis Capdevila, “la norma nos parece conveniente, ya que a partir de ahora la calidad del sistema contra incendios va a pasar a un primer plano”. Una opinión compartida por Jordi Morgui, gerente de Morgui Clima, quien manifiesta que la norma asegurará la efectividad de todos los sistemas contra incendios que se comercializan, “ya que también estarán obligados a un mayor control bajo certificaciones aún más exigentes”.

Norma UNE 167013 con los requisitos para la prestación del servicio en los restaurantes
La nueva norma UNE 167013 Hostelería. Servicios de Restauración. Requisitos para la prestación del servicio es una herramienta que trata de promover la mejora de la competitividad de las empresas de restauración, independientemente de su tamaño y el tipo de servicio que presten (servicio en sala, bar, catering, autoservicio, etcétera).

Para ello, establece los requisitos relativos a la gestión interna de toda empresa de restauración, de servicio, de infraestructuras y equipamientos, y de seguridad e higiene alimentaria. En este sentido, determina los requisitos de un sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC), siendo aplicable en aquellas áreas del establecimiento que puedan tener un impacto en la seguridad alimentaria. Por lo que respecta a las especificaciones técnicas de los utensilios y el equipamiento empleado en este tipo de locales, no son objeto de esta norma.

La recién publicada norma UNE 167013

Según la Asociación Española de Normalización (UNE) a través de la revista AENOR, la norma UNE 167013, debidamente implementada, “contribuirá a la mejora de la gestión y servicio de la organización que voluntariamente opte por aplicar sus requisitos”.

Los establecimientos de restauración a los que va dirigida esta norma están incluidos en los siguientes grupos: restauración comercial (restaurantes, cafeterías y bares); restauración en comedores colectivos atendidos por restaurantes en concesión y restaurantes explotados por las propias colectividades; restauración civil vinculada al transporte; servicios de restauración a domicilio; empresas de banquetes; cocinas centrales, y cualquier otro establecimiento de restauración que mantenga su propia razón social.

La Transición Hacia Una Economía Circular

La transición hacia una economía circular

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

ACTUALIDAD NORMATIVA

La transición hacia una economía circular

Por Felac Innova 20 Julio 2017

Un cambio en los patrones de producción y consumo propone un modelo económico donde los residuos sean considerados recursos devolviéndolos al circuito productivo.

La primera edición del Congreso Nacional de RAEE tuvo lugar en el Convento de la Magdalena de Antequera

“Está claro que los resultados económicos del futuro van a depender de que convirtamos la preocupación por el medio ambiente en una parte fundamental de nuestras políticas económicas y sociales, en lugar de limitarnos a considerar la protección de la naturaleza como algo accesorio” afirmó Arancha Bengoechea, socia responsable de Derecho Administrativo y Sector Público de PwC, parafraseando al excomisario europeo Janez Potočnik. Lo hizo en el Primer Congreso Nacional de RAEE (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos), celebrado durante los días 22 y 23 de junio en Antequera (Málaga) y organizado por OfiRaee, plataforma que agrupa a los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) de RAEE.

La Unión Europea ha adoptado distintas políticas para tratar de equilibrar los intereses sociales, económicos y ambientales. En este sentido, “una Europa que utilice eficazmente los recursos” es una de las siete iniciativas que forman parte de la estrategia Europa 2020, la cual tiene por objeto construir unas bases sólidas para el crecimiento y la creación de empleo.

Las previsiones demográficas hablan de crecimientos de la población y del número de consumidores en todo el mundo. Según el reciente informe “Revisión 2017 de las perspectivas de la población mundial” de las Naciones Unidas (ONU), el número actual de habitantes del planeta, calculado en 7.600 millones, pasará a 8.600 en el 2030 y a 9.800 en el 2050.

Se hace necesario transformar el modelo de consumo lineal actual de “comprar, utilizar y tirar” por otro circular

Unos datos que cuestionan si los límites ecológicos del planeta pueden sostener un crecimiento económico cimentado en unas pautas de consumo y producción propias de un modelo lineal –basado en la extracción, fabricación, utilización y eliminación–.

Por todo ello, se hace necesario transformar el modelo de consumo actual de “comprar, utilizar y tirar” por otro circular. “La economía circular considera a los residuos como recursos devolviéndolos al circuito productivo”, explicó en el congreso Alejandro Lajo, socio-director del gestor de residuos Revertia.

El ecodiseño como herramienta para mejorar todo el ciclo de vida del producto
José María Fernández Alcalá
, coordinador de proyectos de Ihobe, la sociedad pública de gestión ambiental del gobierno vasco, habló del ecosideño o diseño ecológico, atribuyéndole la función de “aportar estrategias de diseño para mejorar todo el ciclo de vida del producto”. Así, partiendo de la premisa de que “el mejor residuo es aquel que no se genera, o al menos aquel que se genera más tarde”, el experto propuso distintas estrategias de ecodiseño para la prevención de RAEE: “aumentar la vida útil del producto”, “fomentar su reutilización” o “recuperarlo parcialmente”. Asimismo, recordó que es mucho más fácil reciclar un producto que ha sido diseñado para ello, que uno que no.

Asistentes al I Congreso Nacional de RAEE

El régimen jurídico de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) y el de sus residuos (RAEE) se establece a nivel comunitario mediante la Directiva 2012/19/UE sobre RAEE –conocida como Directiva RAEE2–, incorporada a la normativa nacional a través del Real Decreto 110/2015.

Este marco normativo sobre RAEE parte de la responsabilidad ampliada del productor, de manera que, en aplicación del principio de “quien contamina paga”, el productor del aparato eléctrico o electrónico tiene la obligación de asumir la financiación de la gestión de los AEE cuando devienen residuos.

La responsabilidad ampliada del productor obliga al productor de aparatos eléctricos y electrónicos a financiar la gestión de los RAEE

Según el real decreto, la responsabilidad ampliada del productor es un medio para estimular la prevención, el ecodiseño y la reciclabilidad de los aparatos. “Al vincular al fabricante en la financiación de la gestión de los residuos se espera que se incentiven mejores diseños de los AEE que faciliten su desmontaje, reparación o reciclado o aumento de su vida útil (evitando la obsolescencia programada) y que, junto con la incorporación de un menor contenido en sustancias peligrosas, abaraten y mejoren la gestión de los residuos”, indica el texto legal.

Arancha Bengoechea aseguró en el congreso que la responsabilidad ampliada del productor, que actualmente existe para flujos de RAEE, vehículos, pilas y envases, “ha llegado para quedarse porque es un modelo que ha triunfado”.

La Etiqueta Energética Llega Al Frío Comercial

La etiqueta energética llega al frío comercial

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

Normativa

La etiqueta energética llega al frío comercial

Por Felac Innova 13 Octubre 2016

Desde el 1 de julio de este año, es obligatoria la etiqueta energética en los armarios de conservación refrigerados profesionales al estilo de la que exhiben los electrodomésticos.

Así lo establece el Reglamento UE 2015/1094, que complementa a la Directiva Europea 2010/30/CE sobre etiquetado energético. Según este reglamento, “los armarios de conservación refrigerados profesionales con funciones equivalentes difieren ampliamente en sus niveles de eficiencia energética”, de modo que “el margen para reducir su consumo de energía es considerable”. Por ello, la norma trata de incentivar a los fabricantes para que mejoren la eficiencia energética de sus productos, alentar a los usuarios finales a comprar productos energéticamente eficientes y contribuir al funcionamiento del mercado interior.

¿Qué aparatos quedan excluidos?
El reglamento se aplica a los armarios de conservación refrigerados profesionales conectados a la red eléctrica. Quedan descartados los que trabajan con una unidad de condensación remota y los hechos a medida. Igualmente, la norma deja fuera a los armarios abiertos, armarios-bufé de ensaladas, vitrinas de mostrador, armarios de aire estático, refrigeradores-congeladores y arcones congeladores, entre otros.

¿Qué información debe contener la etiqueta?
Esta herramienta informativa ha de indicar la clasificación energética del aparato, su consumo anual de electricidad en KWh, el volumen neto total expresado en litros de todos los compartimentos de refrigeración y congelación, y la clase climática.

La escala de clasificación energética se concreta en letras y colores, que va de la A y el color verde para los equipos más eficientes, a la G y el color rojo para los menos eficientes. A partir del 1 de julio del 2019 será obligatorio otro modelo de etiqueta que añade tres clases adicionales de eficiencia energética (A+, A++ y A+++).

La clase de eficiencia energética del aparato es determinada por el fabricante mediante un proceso de mediciones y cálculos, para el que tiene que utilizar normas armonizadas y seguir las directrices del reglamento.

Obligaciones de los fabricantes e importadores
Los proveedores (fabricantes e importadores) que introduzcan en el mercado armarios de conservación refrigerados deben entregar cada aparato con una etiqueta energética impresa, y facilitar a los distribuidores una etiqueta electrónica para cada modelo de armario. De igual forma, todo material técnico promocional o publicidad relacionados con la energía o el precio ha de incluir una referencia a la clase de eficiencia energética, y en los folletos tiene que figurar una ficha del producto.

En el caso de los importadores, estos han de exigir al fabricante el etiquetado energético, y encargarse de que el producto sea puesto en el mercado con todo lo requerido.

Obligaciones de los distribuidores
Los distribuidores deben garantizar que se cumplen requisitos tales como que en el punto de venta todos los aparatos lleven la etiqueta energética o que la clase de eficiencia energética conste en el material técnico promocional o publicidad relacionados con la energía o el precio.

Cuando se prevea que los usuarios finales no puedan ver el producto expuesto, este se comercializará con la información facilitada por los proveedores en cuanto a clase de eficiencia energética del modelo, consumo de energía anual en kWh/año, volumen neto de cada compartimento y clase climática. Si la oferta se realiza por internet, la etiqueta tendrá que mostrarse junto al precio del producto.

La información que proporciona la etiqueta energética es clave para una compra informada

¿Qué opinan los fabricantes?
La Comisión Europea ha establecido un plan de trabajo con una lista de categorías prioritarias de productos para ser reguladas en materia de diseño ecológico y etiquetado energético, cuyo resultado es la adopción, en paralelo, de sus respectivos reglamentos.

Infrico, empresa española dedicada a la fabricación de equipos de refrigeración comercial, ha formado parte como stakeholder (parte interesada) del Foro Consultivo sobre diseño ecológico de la Comisión Europea para el lote de productos objeto de este reglamento de etiquetado energético.

Juan Manuel Martínez, responsable de la Oficina Técnica de Infrico, y José Luis Crespillo, su responsable de Calidad, valoran positivamente el reglamento de etiquetado energético. Señalan como ventajas que la norma impulsará la mejora de las máquinas en clave de eficiencia energética, reforzará el producto europeo y permitirá al usuario comparar. En ese punto, José Luis Crespillo recomienda al usuario “no solo fijarse en la clase de eficiencia energética sino también en la clase climática”.

Juan Manuel Martínez, por su parte, considera que la Administración debería ejercer un mayor control para velar por el cumplimiento de la norma. Asimismo, lamenta que la pauta española que establece el procedimiento para realizar las mediciones de consumo energético es todavía una propuesta de norma, mientras que países como Alemania o el Reino Unido ya disponen de normas para ese fin.

Futuros equipos de frío afectados
El próximo lote de equipos de frío comercial para el que se desarrollará un reglamento de etiquetado energético es el formado por vitrinas para supermercados, enfriadores de bebidas, congeladores para helados de pequeño formato, vitrinas para helados y máquinas expendedoras refrigeradas.

Más noticias

La Hostelería, A Debate En El GuexTour

La hostelería, a debate en el GuexTour

Los máximos responsables de Coreco, Efficold, Infrico, Intarcon y Pilsa, y el chef Pedro Aguilera analizaron las tendencias que están redefiniendo el sector.