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Novedades sobre el marcado UKCA del Reino Unido

Por Felac Innova 28 Febrero 2023

El uso obligatorio del nuevo marcado se retrasa hasta enero del 2025. También se suavizan condiciones relativas a su etiquetado y evaluación de la conformidad.

Hasta el 31 de diciembre del 2024 se permite el marcado CE
Foto: Pixabay (Pete Linforth)

El gobierno británico ha vuelto a flexibilizar las condiciones para la utilización del marcado de evaluación de la conformidad del Reino Unido llamado UKCA (UK Conformity Assessed). Da así un respiro, en forma de tiempo y reducción de carga regulatoria, a las empresas que comercialicen sus productos en Gran Bretaña.

Como resultado, se seguirá reconociendo el marcado CE durante dos años más, a la vez que se han adoptado medidas con el objetivo de rebajar los costos de etiquetado del marcado UKCA y de la realización de nuevas pruebas de evaluación de la conformidad.

La obligatoriedad del marcado UCKA, aplazada hasta el 2025

Requisito para acceder al mercado británico tras el Brexit y destinado a los productos que se vendan en Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia), el nuevo distintivo UKCA se aplica a la mayoría de los productos que previamente requerían el marcado CE, es decir, aquellos en los que resultaban de aplicación una o más directivas europeas de Nuevo Enfoque.

El marcado UKCA será finalmente obligatorio desde el 1 de enero del 2025 –previsto inicialmente para implementarse obligatoriamente en enero del 2022 y posteriormente prorrogado un año más–, si bien puede utilizarse desde el 1 de enero del 2021.

Marcado UKCA

De esta manera, en la mayoría de los productos se permite el uso del marcado CE hasta el 31 de diciembre del 2024. Únicamente se han fijado plazos distintos para dispositivos médicos, productos para la construcción, componentes de interoperabilidad y subsistemas ferroviarios, equipamiento marino, y equipos a presión transportables.

A partir del 1 de enero del 2025, un producto que lleve la marca CE seguirá siendo válido para la venta en el Reino Unido solamente si lleva también la marca UKCA y cumple con las normas pertinentes a este marcado en el Reino Unido.

Etiquetado del marcado UKCA

Además de la prórroga para el uso obligatorio del marcado UKCA, el gobierno británico ha efectuado cambios que buscan reducir costos a las empresas para la implantación del nuevo distintivo en materia de etiquetado y evaluación de la conformidad.

En lo que se refiere al etiquetado, hay que recordar que, como regla general, se pondrá el marcado en el producto o envase. El marcado debe ser claramente visible y legible cuando se coloque sobre el producto, pero si esto no es posible, deberá colocarse en el envase, manuales o prospectos que acompañen al producto.

Hasta finales del 2027 será posible añadir el marcado UKCA al producto en una etiqueta adhesiva o documentación

La novedad radica en que se amplía el plazo para añadir el marcado UKCA al producto con una etiqueta adhesiva o en la documentación que acompaña a la mercancía: hasta el 31 de diciembre del 2027 –cuando anteriormente el plazo finalizaba el 31 de diciembre del 2025–.

Esta documentación adjunta debe acompañar al producto hasta que llega al consumidor final. Si nos encontramos ante productos procedentes de la Unión Europea (UE), los datos del importador –nombre y dirección postal–, pueden también añadirse en una etiqueta adhesiva o en la documentación.

Evaluación de la conformidad del producto

Hay que saber que los productos autocertificables con el marcado CE pueden seguir autocertificándose con el marcado UKCA. Y que cuando se necesite una evaluación de la conformidad por una tercera parte para los productos con marcado CE, también se requerirá para los productos con la marca UKCA.

Como norma general para todos los productos, ahora se permite que las declaraciones de conformidad para el marcado CE efectuadas hasta el 31 de diciembre del 2024 puedan servir a los fabricantes como base para el marcado UKCA hasta el 31 de diciembre del 2027.

Hasta el 31 de diciembre del 2027 podrán utilizarse las declaraciones de conformidad para el marcado CE como base para el marcado UKCA

Según la última versión actualizada de la guía publicada por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres “Marcado UKCA”, en la que se recogen todas estas novedades, para los productos que requieren evaluación de la conformidad por una tercera parte, nos podemos encontrar con dos supuestos.

El primero alude a los productos puestos en el mercado hasta el 31 de diciembre del 2024, los cuales pueden llevar marcado CE o UKCA. Si solo incorporan el marcado CE, la evaluación de la conformidad la hace un organismo notificado de la UE, mientras que si llevan el marcado UKCA, esta puede haberla realizado un organismo notificado de la UE o uno del Reino Unido.

El segundo supuesto es el que concierne a los productos puestos en el mercado a partir del 1 de enero del 2025, que siempre llevarán marcado UKCA. En estos casos, las evaluaciones de la conformidad llevadas a cabo por organismos notificados de la UE antes del 31 de diciembre del 2024 se considerarán válidas para avalar el marcado UKCA hasta el 31 de diciembre de 2027. De este modo, los fabricantes no necesitarán certificar de nuevo sus productos durante el periodo de validez del certificado emitido por el organismo notificado de la UE, o durante cinco años.

Por otra parte, si los productos han sido testados por un organismo de evaluación de la conformidad del Reino Unido, llevarán directamente el marcado UKCA.

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