La Voz De FELAC En Foros Nacionales E Internacionales

La voz de FELAC en foros nacionales e internacionales

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

La voz de FELAC en foros nacionales e internacionales

Por Felac Innova 20 Julio 2023

La labor de representación de la patronal de la industria española de equipamiento para hostelería coge impulso.

FELAC participa en foros a través de representantes de empresas miembros de sus asociaciones y personal de la entidad
Foto: Pixabay (No-longer-here)

Como representante del sector, la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (FELAC) es la voz de la industria española de equipamiento para hostelería y colectividades.

La federación, que está reconocida como Entidad Colaboradora de la Secretaría de Estado de Comercio –dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo–, actúa como interlocutora ante los poderes públicos e instituciones a nivel nacional e internacional en defensa de los intereses de este sector industrial.

En su labor de representación, FELAC está presente en foros nacionales e internacionales a través de representantes de empresas miembros de sus asociaciones y personal de la federación.

Ámbito nacional: UNE y CEOE

FELAC ocupa una vocalía en el Comité Técnico de Normalización “CTN 200/Subcomité 111 Normalización Medioambiental para productos y sistemas eléctricos y electrónicos” de la Asociación Española de Normalización (UNE), organismo encargado del desarrollo de normas técnicas en España.

Este subcomité se encarga de la normalización medioambiental de productos y sistemas eléctricos y electrónicos, poniendo especial énfasis en la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). La vocalía de FELAC en este subcomité está compuesta por Javier Iruretagoyena, director industrial de Fagor Industrial; Sergio Isabel, director comercial de Repagas; Cristina Cordón, directora general de ITV Ice Makers, y Juan José Mach, director general de Quality Espresso, además de Mª José Claudio, directora de FELAC, y Mónica Bernabé, directora de Comunicación de FELAC.

Asimismo, la federación es miembro de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), entidad que representa y defiende los intereses de los empresarios españoles. En CEOE, FELAC cuenta con una vocalía en su Asamblea General que ostenta su presidente Rafael Olmos. Igualmente, desde la secretaría de la federación se participa de manera activa en las comisiones de trabajo de CEOE que abordan cuestiones de interés para su ámbito de actividad, como son las comisiones de Economía Circular; Investigación, Desarrollo e Innovación; Turismo, Cultura y Deporte, e Industria y Transición Ecológica.

Dentro de esta última comisión y con motivo de la modificación del Reglamento sobre gases fluorados de efecto invernadero (F-Gas) se ha organizado un Subgrupo de Trabajo de Gases Fluorados en el que actúa como representante de FELAC Manuel Mellado, product manager de Coreco.

Ámbito europeo: EFCEM

En la esfera europea, FELAC está asociada a la Federación Europea de Fabricantes de Equipamiento para Hostelería (EFCEM), cuya misión es defender los intereses de la industria europea de equipamiento para cocinas comerciales. Son representantes en su Asamblea General Rafael Olmos y Mª José Claudio.

Esta federación europea está formada por grupos de trabajo que cubren áreas temáticas clave para la industria del sector. Son integrantes en el grupo de trabajo de “Medioambiente” como representantes de FELAC: Manuel López, director de Innovación de EfficoldJosep Saña, director de Certificación de Producto de Girbau; Alberto Gil, responsable de Laboratorio de Fagor Industrial, y Manuel Mellado (Coreco). En él son tratados temas como el etiquetado energético, el ecodiseño o la economía circular, y las normativas RAEE, RoHS y F-Gas.

Por lo que respecta a las reuniones del grupo de trabajo “Conectividad y BIM”, también asiste Manuel Mellado (Coreco), mientras que a las del grupo de trabajo de “Seguridad e higiene” lo hace la directora de FELAC y Josep Saña (Girbau).

Para Josep Saña, ser parte de grupos de trabajo de ámbito internacional repercute positivamente en las empresas. “Nos permite tener información del estado del mercado y prever su evolución, conocer con antelación los cambios regulatorios que vienen y contribuir al desarrollo del marco normativo, además de ampliar la red de contactos”, declara a Felac Innova.

Ámbito europeo e internacional: ISO, CEN y CENELEC

Si hablamos de UNE hay que saber que la Asociación Española de Normalización es el representante español en organismos de normalización europeos como CEN (Comité Europeo de Normalización) y CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica), e internacionales como ISO (Organización Internacional de Normalización). De esta manera, lleva la voz de los expertos españoles a los foros mundiales en los que se discuten normas clave para la competitividad de las empresas y de los sectores económicos españoles.

Como representante de FELAC y en calidad de asesora experta, Cristina Cordón (ITV Ice Makers) participa en tres comités técnicos de ISO: “ISO/TC 86/SC 1 – Requisitos medioambientales y de seguridad para sistemas de refrigeración”, “ISO/TC 86/SC 7 Pruebas y clasificación de vitrinas refrigeradas comerciales” e “ISO/TC 86/SC 8 Refrigerantes y lubricantes de refrigeración”. También pertenece al grupo de trabajo “ISO/TC 86/SC 7/WG 1 Armarios frigoríficos, vitrinas y fabricadores de hielo para uso profesional”, que trata sobre la regulación para el etiquetado energético, el marco de trabajo y las normas que regirán ese etiquetado.

En el campo de máquinas de café, Rafael Muñoz de Gispert, director de I+D+i de Iberital, es experto nombrado por UNE en representación de España en un grupo de trabajo europeo de CENELEC que trabaja en la elaboración de un estándar de medición del consumo energético y la productividad de las máquinas de café comerciales, tradicionales y superautomáticas. Es el “CLC/TC 59X/WG 21 Máquinas de café profesionales y comerciales”.

También es integrante del grupo de trabajo de Comité Europeo de Normalización “CEN/TC 153/WG 4 Equipamiento para hostelería”, encargado del proyecto de normas europeas armonizadas para mejorar la seguridad de la maquinaria para el procesado de alimentos, como máquinas y molinos de café.

Consultado por Felac Innova, Rafael Muñoz de Gispert afirma que formar parte de estos grupos de trabajo, aunque suponen una inversión de tiempo, es útil. “Participar en la creación de nuevas regulaciones y normas, y defender los intereses del país, así como estar al día de las últimas novedades en cuanto a regulaciones futuras son algunas de sus ventajas. Otros beneficios son aprender y conectar con colegas de otros países, empresas, asociaciones o incluso clientes”, manifiesta.

Nueva Norma UNE Para El Marcado De Aparatos Eléctricos Y Electrónicos

Nueva norma UNE para el marcado de aparatos eléctricos y electrónicos

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Nueva norma UNE para el marcado de aparatos eléctricos y electrónicos

Por Felac Innova 25 Mayo 2023

En el ámbito de la Directiva sobre RAEE, la Asociación Española de Normalización renueva la norma que facilita el marcado de estos aparatos.

Se ha publicado la nueva norma UNE-EN 50419:2023 “Marcado de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) con respecto a la recogida separada de residuos de AEE (RAEE)”.

Versión española de la norma europea EN 50419:2022, esta norma anulará y sustituirá a la Norma UNE-EN 50419:2006 “Marcado de equipos eléctricos y electrónicos de acuerdo con el artículo 11(2) de la Directiva 2002/96/EC, sobre residuos de equipos eléctricos y electrónicos”.

La nueva norma detalla el marcado de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) con la finalidad de minimizar la eliminación de residuos de AEE (RAEE) como residuos no seleccionados y facilitar su recogida separada, de acuerdo con el artículo 14(4) de la Directiva 2012/19/UE sobre RAEE.

Los productores de AEE deben marcar estos aparatos que se introducen en el mercado con el símbolo del contenedor de basura tachado

Según ese artículo, con objeto de facilitar la recogida de RAEE de modo separado, los productores han de marcar –preferentemente siguiendo la norma europea EN 50419–, los AEE que se introduzcan en el mercado. En casos excepcionales, cuando se haga necesario por las dimensiones o la función del producto, tiene que estamparse el símbolo del marcado en el envase, instrucciones de uso y la garantía del AEE.

Así, la norma UNE-EN 50419:2023 concreta las distintas posibilidades de utilización del símbolo para marcar AEE, que consiste en un contenedor de basura con ruedas tachado con un aspa.

Símbolo que indica la recogida separada de AEE

El documento especifica también un marcado de AEE que sirva para identificar claramente al productor del aparato y que indique que este ha sido puesto en el mercado después del 13 de agosto del 2005.

La norma es aplicable a los AEE sometidos a las legislaciones europeas y nacionales sobre recogida, tratamiento, recuperación y eliminación ecológica –siempre que el aparato en cuestión no forme parte de otro tipo de equipo que no esté dentro del ámbito de aplicación de las legislaciones mencionadas–.

De este modo, respalda los objetivos de la política medioambiental comunitaria, los cuales buscan preservar, proteger y mejorar la calidad del medioambiente, proteger la salud humana y utilizar los recursos naturales de una manera prudente y racional.

Se trata de una norma que contribuye al logro de uno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, concretamente el número 12 orientado a garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles. Esto es así porque la norma pretende ayudar a reducir los RAEE mediante una producción y consumo más sostenibles y responsables.

FELAC ocupa una vocalía en el Comité Técnico de Normalización de UNE que ha elaborado la norma

La norma UNE-EN 50419:2023 ha sido elaborada por el Comité Técnico de Normalización medioambiental para productos y sistemas eléctricos y electrónicos CTN-UNE 200/SC 111, cuya secretaría desempeña UNE, y en el cual la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (FELAC) ocupa una vocalía.

UNE, organismo encargado del desarrollo de normas técnicas en España
La Asociación Española de Normalización (UNE) es una organización cuyo propósito es desarrollar normas técnicas o estándares que contribuyan al progreso compartido de la sociedad y a la creación de un mundo más seguro, sostenible y competitivo.

Las normas recogen el consenso del mercado sobre las mejores prácticas en aspectos clave para la competitividad de las organizaciones y para los intereses de la sociedad, siendo el resultado del diálogo y la colaboración conjunta de los sectores económicos y las Administraciones públicas.

Con la participación de más de 13.000 profesionales en sus mesas de trabajo, UNE es el representante español en los organismos de normalización internacionales (ISO –Organización Internacional de Normalización– e IEC –Comisión Electrotécnica Internacional–), europeos (CEN –Comité Europeo de Normalización–, CENELEC –Comité Europeo de Normalización Electrotécnica– y ETSI –Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones–) y americanos (COPANT –Comisión Panamericana de Normas Técnicas–).

De esta manera, lleva la voz de los expertos españoles a los foros mundiales en los que se discuten normas clave para la competitividad de las empresas y de los sectores económicos españoles.

UNE está formada por más de 500 miembros, que representan a la práctica totalidad del tejido productivo español. Entre estos, se encuentran 150 relevantes asociaciones sectoriales de ámbito nacional.

Envases Comerciales E Industriales: Nuevas Obligaciones Para Las Empresas

Envases comerciales e industriales: nuevas obligaciones para las empresas

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Envases comerciales e industriales: nuevas obligaciones para las empresas

Por Felac Innova 27 Abril 2023

La Responsabilidad Ampliada del Productor se amplía a este tipo de envases, quedando afectada toda empresa que embale productos para su venta.

La nueva legislación afecta tanto a envases domésticos como a comerciales e industriales
Foto: ENVALORA

El pasado 28 de diciembre de 2022 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases, que traspone la Directiva UE 2018/852 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.

Este nuevo real decreto ha revisado en profundidad una normativa en vigor desde hacía más de 20 años con la vista puesta en avanzar en la implantación de la economía circular y en la consecución de objetivos de reciclado, prevención y reutilización de envases para reducir su impacto en el medio ambiente.

El texto legal también ha introducido importantes cambios y nuevas obligaciones para las empresas. Así, establece la aplicación del régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a todos los tipos de envases: además de a los envases domésticos –los cuales ya estaban sometidos a esa obligación–, al resto de envases comerciales e industriales, a los que con carácter general no se les aplicaba este instrumento económico en España hasta la fecha.

Cambio de modelo en la gestión de residuos de envases comerciales e industriales

La obligación de la RAP para los envases comerciales e industriales es de capital importancia por su alcance. Afecta a los “productores de producto” (envasadores, importadores o adquirientes intracomunitarios) que pongan por primera vez en el mercado nacional productos envasados, utilizando para ello envases comerciales e industriales, con independencia de su tipología, tamaño o material. Es decir, afecta a todas las empresas que utilizan envases y embalajes comerciales e industriales para transportar y vender productos a sus clientes en España.

Hasta ahora, la financiación y gestión de los envases industriales y comerciales recaía en el poseedor final

La entrada en vigor del nuevo real decreto de envases y residuos de envases supone un cambio del modelo actual de la gestión de residuos de envases en las empresas. Hasta ahora, eran los clientes finales, como poseedores finales, quienes se hacían cargo de la financiación y gestión de los residuos de los envases de las mercancías que recibían.

Con la nueva normativa, esa responsabilidad pasa a todas las empresas envasadoras e importadoras, españolas o extranjeras, que utilizan envases y embalajes comerciales e industriales para transportar y vender sus mercancías en el mercado español. De esta manera, esas empresas tendrán que asumir el coste de la gestión de los residuos de envases y embalajes de tipo comercial e industrial que acaban en las instalaciones de sus clientes finales.

Los productores pueden cumplir las nuevas obligaciones derivadas de la RAP a través de la creación de su propio sistema individual o de la adhesión a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) para envases comerciales e industriales, que es la opción más habitual en flujos de residuos ya regulados.

Inscripción en el Registro de Productores de Productos

Entre las obligaciones de las empresas envasadoras está la de inscribirse en la sección de Envases del Registro de Productores de Productos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

Las empresas obligadas a inscribirse en el mismo son todas aquellas que ponen envases en el mercado español, tanto los envasadores con sede en España, como los importadores o adquirientes intracomunitarios. Además, también están obligados los envasadores establecidos en otros estados miembros o terceros países que comercialicen productos en España, los cuales deberán designar un representante autorizado.

Aunque inicialmente el plazo legal para efectuar la inscripción era el 29 de marzo, el MITECO ha informado en la página web de la sección de Envases del Registro de Productores de Productos que “el procedimiento de inscripción permanecerá abierto más allá del 29 de marzo de 2023 con objeto de permitir que todos los productores de producto se inscriban”.

El MITECO ha prorrogado el plazo legal para que las empresas puedan inscribirse en la sección de Envases del Registro de Productores de Productos

En el momento de la inscripción, debería aportarse un certificado de pertenencia a un sistema individual o colectivo de responsabilidad ampliada del productor. Dado que para las categorías de envases comerciales e industriales todavía no hay constituidos sistemas colectivos, el MITECO, en respuesta a una consulta realizada por la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (FELAC), indica que, de momento, deberá seleccionarse la opción “SCRAP no constituido” para, más adelante, actualizar la información añadiendo el SCRAP en el que se participe una vez se haya constituido.

Los nuevos sistemas colectivos tendrán que estar operativos antes del 31 de diciembre de 2024, pero antes del 31 de diciembre de 2023 tendrán que presentar su solicitud de autorización a las administraciones públicas –y en esa solicitud ya deben incluir a las empresas productoras adheridas a los mismos–.

Por otra parte, cuando el productor realice la inscripción, se le asignará un número de registro que deberá figurar en las facturas y cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de los productos envasados desde su puesta en el mercado hasta el usuario final.

Más obligaciones: declaraciones anuales de envases

Los productores de producto inscritos en la sección de Envases del Registro, o sus representantes autorizados, remitirán obligatoriamente información correspondiente a los envases que hayan introducido en el mercado en cada año natural.

Los productores deberán declarar anualmente los envases puestos en el mercado español, y con carácter retroactivo este año los correspondientes al 2021 y 2022

El primer año de reporte será el 2021, de manera que desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2023, las empresas tendrán que realizar las declaraciones anuales de envases puestos en el mercado español en el año 2021. Por su parte, el periodo habilitado para el reporte con carácter retroactivo del 2022 será del 1 de agosto al 31 de octubre de 2023.

Los SCRAP que se han empezado a formar en España para que las empresas envasadoras cumplan de manera colectiva con la obligación legal de organizar y financiar la gestión de los residuos de envases comerciales e industriales que ponen en el mercado, asesoran a sus adheridos con las primeras obligaciones que marca la normativa, como la inscripción en la sección de Envases del Registro de Productores de Productos y las declaraciones anuales de envases. De momento, han nacido sistemas colectivos para envases comerciales e industriales como ENVALORA, GENCI o IMPLICA.

“Es Responsabilidad De Los Productores Financiar La Gestión De RAEE”

“Es responsabilidad de los productores financiar la gestión de RAEE”

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“Es responsabilidad de los productores financiar la gestión de RAEE”

Por Felac Innova 30 Marzo 2023

Matías Rodrigues (ERP España) explica las obligaciones del productor de aparatos eléctricos y electrónicos para cumplir con las normativas RAEE y RoHS.

Matías Rodrigues es el director general de ERP España
Foto: ERP

A mediados de enero de este año entró en vigor el Real Decreto 993/2022, en virtud del cual el Servicio de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio –dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismoha empezado a realizar controles a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) –así como de pilas y acumuladores (PyA)– procedentes de terceros países.

Estos nuevos controles a la importación persiguen verificar dos cuestiones. Una es comprobar que los AEE que llegan a España desde terceros países cumplen con la legislación vigente en materia de restricciones a la utilización de sustancias peligrosas (control RoHS). Otra es confirmar que los responsables de la introducción en el mercado de la Unión Europea de estos AEE hayan cumplido con sus obligaciones con respecto al Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, como son la inscripción en el mismo en tanto que productores y la declaración trimestral de aparatos puestos en el mercado (control RAEE), aplicando también un control equivalente en el Registro Integrado Industrial de PyA.

En nuestra edición de febrero, entrevistamos a Gerardo Meléndez, coordinador nacional SOIVRE en materia de RoHS/RAEE, para conocer en detalle en qué consisten estos controles.

ERP España, sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor para RAEE
En esta ocasión, FELAC INNOVA ha hablado con Matías Rodrigues, director general de ERP España (European Recycling Platform), para saber cuáles son las obligaciones de los productores de aparatos eléctricos y electrónicos y cumplir, tanto con la normativa RAEE de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, como con la normativa de sustancias peligrosas RoHS.

Integrado en Landbell Group, ERP España es un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) para residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), siendo el único de su segmento con presencia paneuropea que opera en España. Con él colabora desde el 2007 la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (FELAC), para impulsar la correcta gestión de los RAEE en la industria española de maquinaria para hostelería.

¿Cuáles son las obligaciones del productor de aparatos eléctricos y electrónicos en el ámbito de RAEE?
En este ámbito, el productor es el responsable de la primera comercialización en España del producto. Puede ser el fabricante español, pero también un importador, o una empresa que pone su marca a un producto fabricado por un tercero, por ejemplo.

Dicho productor está básicamente afectado por el régimen de responsabilidad ampliada aplicado a estos residuos. Principalmente, debe hacerse cargo de organizar y financiar la gestión de los residuos, algo que puede hacer por su propia cuenta (sistemas individuales) o, más comúnmente, delegando esta obligación en un SCRAP (sistema colectivo), que son entidades sin ánimo de lucro, como ERP España, que actúan en nombre de un conjunto de productores.

Inscribirse como productor en el Registro RII-AEE y declarar las cantidades de aparatos puestos en el mercado español: dos obligaciones sobre las que el SOIVRE realiza el control a los importadores

El productor también debe inscribirse en un registro dependiente del Ministerio de Industria (Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RII-AEE), y declarar periódicamente las cantidades de aparatos que pone en el mercado español. Estas dos obligaciones son justo sobre las que el SOIVRE realizará su control a los importadores.

Aparte, hay una serie de obligaciones adicionales, como la financiación de campañas de concienciación al usuario o la información que se debe proporcionar a las administraciones, que también se cumplen a través de los SCRAP. Finalmente, hay obligaciones, por ejemplo, de marcado y ecodiseño de los productos, que deben ser cumplidas exclusivamente por el productor.

¿Y qué obligaciones tiene el productor de aparatos eléctricos y electrónicos en el ámbito RoHs?
La normativa RoHS, sobre la que los SCRAP no tienen ningún cometido, limita el uso de determinadas sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos, aplicándose también determinadas exenciones –temporales en la mayoría de los casos– para algunos aparatos o aplicaciones. Esta normativa sí que diferencia entre fabricantes e importadores.

El fabricante debe garantizar que solo introduce en el mercado AEE diseñados y fabricados de conformidad con esta normativa. Para ello, debe elaborar la documentación técnica y los controles internos que requiere la norma, elaborar una declaración de conformidad UE y colocar el marcado CE, o mantener un control documental de todo ello, entre otros.

En el caso del importador, las obligaciones son similares, pero en algunos casos se traducen en cerciorarse y garantizar que el fabricante ha cumplido con sus obligaciones de declaración de conformidad o documentación técnica.

¿Qué servicios ofrece ERP para cumplir con la normativa RAEE?
Como sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor para residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), trabajamos para facilitar a nuestros clientes, que son empresas que fabrican, comercializan o importan este tipo de productos, el cumplimiento de sus responsabilidades normativas medioambientales como productores. En ese sentido, es la legislación europea y nacional la que marca la pauta a seguir en la recogida y gestión de dichos productos cuando se convierten en residuos, e indica que es responsabilidad de los productores financiar dicha gestión.

Desde European Recycling Platform perseguimos siempre los máximos estándares de calidad medioambiental en la gestión del residuo, incidiendo en la eficiencia y mejora de los procesos. Y siempre con la mirada puesta en que el cumplimiento sea lo más sencillo posible para nuestros clientes, evitando que tengan que dedicar muchos recursos propios a la responsabilidad ampliada del productor (RAP).

Realizamos la inscripción en el RII-AEE en nombre del productor y las declaraciones trimestrales de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado

Para ello, en primer término, prestamos servicios de asesoría previa y realizamos la inscripción en el Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE), obteniéndose el número de registro que solicita el SOIVRE para sus controles. En esta plataforma, efectuamos también, en nombre del productor, las declaraciones trimestrales de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado, una información que permite posteriormente al Ministerio de Transición Ecológica asignar el reparto de objetivos de recogida y gestión de residuos.

Además, gracias a nuestra amplia red de puntos de recogida selectiva, y en colaboración con los transportistas y gestores de residuos autorizados en cada región, facilitamos el cumplimiento de los objetivos de recogida de nuestros clientes, cumplimentamos los informes anuales requeridos desde las Administraciones públicas, e incentivamos a nuestros partners para que la gestión y el tratamiento sea el más eficiente para cada tipo de RAEE.

Finalmente, prestamos soporte técnico y legal, así como información y asesoramiento continuo en cualquier cuestión relacionada con la economía circular, algo muy útil en el actual contexto de cambios normativos a escala medioambiental que vivimos en la Unión Europea.

¿Y para aquellas empresas que quieran profundizar en su política medioambiental?
En ese caso, realizamos servicios personalizados, como recogidas específicas; soporte a empresas extranjeras, en caso de necesitar representante autorizado; asesoramiento para la obtención de certificaciones internacionales –como la herramienta de evaluación medioambiental de productos electrónicos, EPEAT por sus siglas en inglés–, o campañas conjuntas de reciclado y concienciación ambiental.

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“El control a la importación de AEE quiere evitar la competencia desleal”

Por Felac Innova 28 Febrero 2023

Gerardo Meléndez (Servicio de Inspección SOIVRE) explica en qué consisten los nuevos controles a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos.

Gerardo Meléndez en el IV Congreso Nacional de Gestión de RAEE, celebrado en septiembre del 2022 en Zaragoza Foto: Congreso Nacional de Gestión RAEE

Gerardo Meléndez en el IV Congreso Nacional de Gestión de RAEE, celebrado en septiembre del 2022 en Zaragoza
Foto: Congreso Nacional de Gestión RAEE

El pasado 16 de enero entró en vigor el Real Decreto 993/2022, por el que se adoptan medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), y pilas y acumuladores (PyA) procedentes de terceros países.

Estas labores de control y vigilancia de mercado en frontera han sido encomendadas al Servicio de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Felac Innova ha entrevistado a Gerardo Meléndez, coordinador nacional SOIVRE den materia de RoHS/RAEE  del Servicio de Inspección SOIVRE de la Dirección Territorial de Comercio de Madrid, para conocer los detalles de estos nuevos controles.

¿Cuál es la finalidad del control a las importaciones de aparatos eléctricos y electrónicos?
El principal objetivo de los controles es reforzar la vigilancia de mercado sobre aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), y también de pilas y acumuladores (PyA), procedentes de países extracomunitarios en materia RoHS (restricción de sustancias peligrosas en AEE) y RAEE (residuos de AEE y PyA).

En los últimos años, la expansión del comercio de estos productos, derivado de una mayor demanda de los mismos y de la disminución de sus ciclos de innovación y sustitución, ha dado lugar a que sean una fuente continua de residuos que va en aumento.

“Los productores de AEE deben cumplir con el alta en el Registro Integrado Industrial de AEE, para poder declarar la mercancía puesta en el mercado, y con el abono de los costes de gestión de RAEE”

Para cumplir correctamente con la reglamentación europea de RAEE, es preciso que el sistema de recogida selectiva y los procesos de reciclado estén correctamente financiados. Para ello, y en aplicación del principio “quien contamina paga” y de la legislación vigente, todos los productores de AEE deben cumplir con las obligaciones de responsabilidad ampliada, lo que implica, en primera instancia, el alta en el Registro Integrado Industrial de AEE, con el fin de poder declarar la mercancía puesta en el mercado, y el abono de los costes de gestión de RAEE correspondientes según la legislación vigente.

¿Qué otros objetivos se persiguen?
Evitar la competencia desleal, es decir, los denominados free riders o importadores que ponen AEE en el mercado nacional, pero que no contribuyen con sus obligaciones relativas al reciclado, muchas veces por desconocimiento, lo que viene facilitado por el comercio electrónico. Esto implica, no solo una competencia desleal con los productores que sí cumplen, sino también una mayor contribución económica por parte de estos en la financiación del reciclaje.

Otra cuestión muy vinculada con el reciclaje de RAEE es la reglamentación RoHS, que fundamentalmente limita el contenido de determinadas sustancias peligrosas (plomo, cadmio, mercurio, cromo hexavalente, ftalatos, entre otros) en los aparatos eléctricos a fin de facilitar el reciclaje, economizar recursos y limitar los efectos contaminantes que puedan tener sobre el medioambiente o los usuarios.

Además, se espera que estos controles ayuden a lograr la importación de AEE seguros, al tiempo que se logra una mayor y mejor tasa de reciclaje a nivel europeo y nacional, y un reparto justo en la contribución al reciclado, con los beneficios que esto supone a nivel económico, medioambiental y de seguridad de las personas.

“El control RAEE consiste en verificar si el importador figura inscrito en el Registro Integrado Industrial de AEE, pudiendo realizarse verificaciones sobre las cantidades de AEE declaradas”

¿En qué consiste el control RAEE que ha empezado a realizar el Servicio de Inspección SOIVRE?
El propio sistema verifica automáticamente si el productor (importador) figura inscrito en el Registro Integrado Industrial de AEE, pudiendo adicionalmente realizarse también, bien durante el control, bien a posteriori, verificaciones concretas por parte del inspector, sobre las cantidades de AEE declaradas a través del registro por parte de un importador en particular.

Gerardo Meléndez Foto: Congreso Nacional de Gestión RAEE

Gerardo Meléndez
Foto: Congreso Nacional de Gestión RAEE

¿Y el control RoHS?
Se verifica el cumplimiento de la mercancía a importar, con los límites de sustancias peligrosas establecidos por la legislación en esta materia, –a nivel nacional, el Real Decreto 219/2013, que traspone la Directiva RoHS (UE)–.

Todo ello no se hace de forma exhaustiva, sino sobre la base de un certero análisis de riesgos basado en parámetros objetivos, que clasifica previamente las mercancías que serán sometidas a un control documental o físico, pudiendo este último incluir tomas de muestras para análisis de laboratorio.

Para el caso del control documental, el importador deberá aportar la documentación técnica del AEE según las normas armonizadas, que acredite cumplimiento en materia de sustancias restringidas.

El despacho de la mercancía solamente se autoriza si se dispone del certificado, que en base al análisis de riesgo se emitirá en circuito verde –con emisión automática del certificado “sin control”– o tras la realización del control por el inspector.

¿Estos controles van a suponer retrasos en la importación de mercancías?
Desde el Servicio de Inspección SOIVRE somos muy conscientes de que los controles en frontera en el ámbito paraduanero exigen agilidad y eficiencia en los procedimientos y trámites de solicitud y emisión o denegación de certificados.

En este sentido, el sistema de Punto Único de Entrada (PUE) establecido es pionero a nivel europeo, está integrado plenamente en los procedimientos de declaración aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), y solicita únicamente la información adicional mínima requerida para llevar a cabo los controles, por lo que se considera mínimamente disruptivo con la tramitación habitual de despacho aduanero.

Todo ello se ha llevado a cabo coordinado desde el área de Comercio, y gracias a la implicación y gran trabajo de colaboración entre las áreas responsables de los diferentes ministerios: Industria y Comercio, Aduanas del Ministerio de Hacienda y Transición Ecológica.

¿Están funcionando ya todas las herramientas informáticas (ESTACICE ROHS, DOCUCICE y PUE ROHS) diseñadas para realizar los controles?
Desde el 16 de enero, todas las herramientas están operativas, y en proceso de implementación progresiva.

Si bien algunas de ellas, como el repositorio documental DOCUCICE, se lanzó muchos meses antes para permitir al sector y a los operadores que así lo deseen remitir documentación técnica de sus productos por adelantado en materia RoHS, en concreto para mercancía que tenga pensado importar periódicamente en un futuro.

Esto permite al operador poner a disposición del personal inspector la documentación técnica de sus productos, una sola vez para todas las importaciones futuras con la finalidad de, una vez evaluada la misma, tener una garantía previa sobre el cumplimiento de la mercancía en esta materia, agilizando aún más el trámite de control aduanero. Igualmente, sirve de repositorio documental para el personal inspector, evitando al operador tener que remitir la misma documentación varias veces.

También es interesante remarcar que el Punto Único de Entrada RoHS (PUE ROHS) constituye un hito al ser la primera ventanilla única aduanera real de la Unión Europea.

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Por Felac Innova 27 Octubre 2022

La legislación se dirige a modificar la manera de producir, pero también de consumir para hacer posible la transición al nuevo patrón económico.

El congreso reunió a cerca de 400 asistentes
Foto: Congreso Nacional Gestión RAEE

Después de tres ediciones en las que el foco se ponía en el reciclaje, el IV Congreso Nacional de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), celebrado los días 22 y 23 de septiembre en Zaragoza tras un parón de dos años por la pandemia de la covid, puso de manifiesto que el reto está ahora en la prevención de la generación de residuos.

Bajo el lema “Comprometidos con el medio ambiente”, este foro fue organizado por los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor de Aparatos Eléctricos (SCRAP) –organizaciones sin ánimo de lucro cuyo objetivo es canalizar la correcta gestión de los RAEE– que se agrupan en OfiRaee (Ambilamp, Ecoasimelec, Ecofimática, Ecolec, Ecolum, Ecoraees, Ecotic y ERP España).

En el encuentro, que reunió a cerca de 400 asistentes, se llevaron a cabo mesas redondas y conferencias que abordaron aquellos aspectos clave para la gestión de RAEE en un momento de intenso cambio legislativo en las que participaron, además de los SCRAP, representantes de las Administraciones públicas, gestores de residuos, empresas y patronales.

El mejor residuo es el que no se genera
Según el Observatorio Mundial de los Residuos Electrónicos, se estima que este tipo de residuos pueden llegar a los 74,7 millones de toneladas en el 2030, siendo los desechos sólidos con mayor crecimiento en el mundo.

El principio de jerarquía de residuos, sobre el que se asienta la legislación en materia de residuos, explicita un orden de prioridad en las actuaciones, considerando la prevención la mejor opción, seguida de la preparación para la reutilización, el reciclaje, otros tipos de valorización (incluida la energética) y, por último, la eliminación de residuos.

Es precisamente en la prevención de residuos y en el desarrollo de un modelo económico circular hacia donde van destinadas las políticas públicas en el ámbito europeo y español. Y es que hay que tener en cuenta que el mejor residuo es aquel que no se genera.

Margarita Ruiz Saiz-Aja: “La apuesta por la economía circular ha pasado a tener un carácter estratégico, como lo es también la gestión de RAEE”

Margarita Ruiz Saiz-Aja, subdirectora general de Economía Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), se refirió en el congreso al agotamiento del actual patrón económico lineal basado en extraer, fabricar, usar y tirar, que se ha puesto más aún de manifiesto con la crisis sanitaria de la covid y la crisis energética provocada por la guerra entre Rusia y Ucrania, ya que han evidenciado nuestra dependencia de fuentes de energía y materias primas con respecto a países terceros.

“Por ello, la apuesta por la economía circular ha pasado a tener un carácter estratégico, como lo es también la gestión de RAEE”, subrayó. “Cada vez es más importante recuperar materias primas escasas y valiosas que se están convirtiendo en críticas como las que pueden encontrarse en los RAEE, y las tierras raras son un ejemplo”, añadió.

Mesa redonda sobre la estrategia de economía circular ligada a los RAEE
Foto: Congreso Nacional Gestión RAEE

Cambiar la manera de producir
El marco normativo europeo en economía circular es el Nuevo Plan de acción para la economía circular, presentado en el 2020. Su finalidad es acelerar el cambio transformador que requiere el Pacto Verde Europeo, que es la estrategia de la Unión Europea para transformarse en una economía climáticamente neutra (sin emisiones netas de gases de efecto invernadero), eficiente en el uso de los recursos y competitiva.

A fin de conseguir que todos los productos sean adecuados para ese tipo de economía, la Comisión Europea publicó, el pasado mes de marzo, la propuesta de nuevo Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles, que prevé aprobarse en un par de años.

La propuesta de nuevo reglamento europeo sobre diseño ecológico para productos sostenibles abarca el máximo de productos, no solo los relacionados con la energía

La base de esta iniciativa legislativa consiste en ampliar el alcance de la Directiva sobre diseño ecológico más allá de los productos relacionados con la energía, de forma que este marco de ecodiseño sea aplicable a la gama más extensa posible de productos y propicie la circularidad.

Un dato que ayuda a entender esta normativa es que hasta el 80% de los impactos medioambientales de los productos se determinan en la fase de diseño, de ahí que este plan de acción de economía circular se centre en el diseño y fabricación de los productos. “Lo hace para evitar que los productos se descompongan con demasiada rapidez, y no puedan reutilizarse, repararse o reciclarse fácilmente, en definitiva, evitar productos de un solo uso”, explicó Cristina Riestra, responsable de Medio Ambiente y Clima de la CEOE, quien insistió en que la sostenibilidad medioambiental “es una hoja de ruta irrenunciable para las empresas, independientemente del sector y del tamaño”.

La nueva Ley de Residuos: cómo afecta a los RAEE
Si hablamos de España, este mes de abril fue publicada la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la cual aboga por la prevención y la reducción de la generación de residuos para efectuar la transición a una economía circular.

En el congreso se analizaron las principales novedades introducidas por esta nueva ley de Residuos que afectan al ámbito de los RAEE.

Dentro del campo de la prevención, destaca la prohibición de la destrucción o eliminación mediante depósito en vertedero, de excedentes no vendidos de productos no perecederos, como es el caso de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE).

La norma estipula que esos excedentes se han de destinar, en primer lugar, a canales de reutilización, incluyendo la donación–, y cuando no sea posible, a la preparación para la reutilización o a las siguientes opciones de la jerarquía de residuos. En el caso de las donaciones, se aplicará el 0% de IVA en las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos a entidades sin fines lucrativos.

La nueva ley de Residuos prohíbe la destrucción de stock no vendido de productos no perecederos

“Otras medidas de prevención consisten, por una parte, en la obligación de información al consumidor sobre la reparabilidad de los aparatos eléctricos y electrónicos, y una futura regulación de un índice de reparabilidad, y, por otra parte, en el compromiso de analizar la vida útil de determinados productos de cara, más adelante, a limitar la obsolescencia prematura”, expuso Margarita Ruiz Saiz-Aja.

Margarita Ruiz Saiz-Aja, subdirectora general de Economía Circular del MITECO
Foto: Congreso Nacional Gestión RAEE

En el terreno de la gestión, se incorporan los objetivos que fija la normativa comunitaria para el reciclado de los residuos municipales: un mínimo del 55% en peso para el 2025, el 60% para el 2030 y el 65% para el 2035. “Siendo pionera con respecto al resto de países europeos, hemos establecido también que unos puntos porcentuales de esos objetivos se logren con la preparación para la reutilización, de forma similar al camino que abrimos con el Real Decreto RAEE”, subrayó la subdirectora general de Economía Circular del MITECO.

Asimismo, se concretan medidas en materia de transparencia para los SCRAP, los cuales deberán poner a disposición del público, a través de sus páginas web, información sobre la consecución de los objetivos de gestión de residuos o las contribuciones financieras abonadas por los productores de productos por unidad vendida o por tonelada de producto comercializado, entre otros.

En cuanto a la venta online, la ley de Residuos dispone que las plataformas de comercio electrónico asumirán, como productores de producto, las obligaciones financieras y de información, así como organizativas, en el supuesto de que un productor establecido en otro estado miembro o tercer país no esté inscrito en el registro sobre responsabilidad ampliada del productor ni cumpla con sus obligaciones.

Un paso adelante en la economía circular: el caso de Iberital
El IV Congreso Nacional de Gestión de RAEE dio voz a las iniciativas en economía circular emprendidas por empresas. Aurora Farré, directora y miembro del Consejo de Iberital, fabricante de máquinas de café espresso para la hostelería, presentó su proyecto de economía circular “Circular Coffee Machine”.

Este, que cuenta con el apoyo de la Agencia Catalana de Residuos de Cataluña, tiene como objetivo evaluar los beneficios desde un punto de vista técnico, económico y ambiental de las acciones de reacondicionamiento y reinstalación de máquinas de café espresso utilizadas en el canal Horeca.

Para ello, la compañía está implicando a toda la cadena de valor, de manera que sus clientes devuelven máquinas en desuso a su fábrica. “Reacondicionamos y remanufacturamos la máquina, utilizando piezas que han sido usadas en otros equipos, y le incorporamos tecnología IoT (internet de las cosas) para monitorizar las operaciones de seguimiento y mantenimiento durante los tres años que estará, de nuevo, en el mercado”, detalló Aurora Farré.

Aurora Farré (Iberital) presentó un proyecto de máquinas de café circulares
Foto: Felac

Entretanto, la empresa realizará evaluaciones económicas y técnicas para obtener estándares que le ayuden a crear índices de reparabilidad y un sistema de garantías, que, como fabricante, podría ofrecer para máquinas de café de segunda vida.

“Pero todo esto no tiene ningún sentido si no conseguimos que la gente pase de pensar en una máquina de segunda mano como un producto barato a querer pertenecer a un club del cual se sienta orgullosa porque se da valor a un producto de segunda vida”, puntualizó.

Es fundamental el cambio cultural y de hábitos de consumo para que se produzca el cambio de modelo económico hacia la circularidad

A ese respecto, María Teresa Etayo, directora de Operaciones del SCRAP ERP España, destacó la importancia cardinal del “cambio cultural y de hábitos de consumo para evolucionar hacia una economía circular”, la cual supone un cambio de paradigma, no solo de producción, sino también de consumo.

No en vano, en el marco de la política de productos sostenibles diseñado por la Comisión Europea tiene un papel clave el empoderamiento del consumidor para que esa circularidad tenga éxito, en el sentido de brindarle oportunidades de ahorro gracias a la recepción de información fiable sobre los productos con datos sobre su vida útil, o garantizándole el “derecho a reparar”.

Control A La Importación De Aparatos Eléctricos Y Electrónicos

Control a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

Control a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos

Por Felac Innova 26 Julio 2022

La nueva medida luchará contra la competencia desleal de importadores free riders, que eluden sus obligaciones financieras en gestión de RAEE.

Cableado de componentes de aparatos eléctricos y electrónicos
Foto: ERP (European Recycling Platform)

Está previsto que, a partir de la segunda mitad de septiembre, empiecen a realizarse nuevos controles a la importación. Se trata del control de sustancias peligrosas (RoHS) en los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), así como del control del cumplimiento de las obligaciones de inscripción en el Registro Integrado Industrial de los importadores de AEE y de pilas, acumuladores y baterías (PPAA), previamente a la importación de estos productos.

Dará luz verde a la aplicación de estos controles la inminente publicación de un real decreto por el que se adoptan medidas de control para la importación de AEE y PPAA procedentes de terceros países.

Los controles serán llevados a cabo por el Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior (SOIVRE) –organismo dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo– a través de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

En cuanto a los AEE, serán objeto de control a la importación todos aquellos que queden dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) –modificado por el Real Decreto 27/2021– y del Real Decreto 219/2013 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en AEE (RoHS).

Los importadores de AEE deben cumplir con la legislación RoHS y las obligaciones de registro en el RII-AEE, y de declaración de los productos importados

Hay que recordar que los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) han sido objeto de regulación en España mediante tres reales decretos transpuestos de directivas europeas –Real Decreto 208/2005, Real Decreto 110/2015 y Real Decreto 27/2021–. Según esta legislación, los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), de uso doméstico y profesional, están obligados a la correcta gestión de estos aparatos una vez convertidos en residuos y a la asunción de los costes que ello conlleva.

Lucha contra los importadores free riders
Según un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el 2019 la población mundial generó 53,6 millones de toneladas de RAEE, un 28% más que cinco años antes. De esta cantidad ingente de residuos, solo se recicló el 17,4%. En la Unión Europea, donde los desechos electrónicos también crecen, su porcentaje de reciclaje es inferior al 40%.

El propósito principal de estos nuevos controles es luchar contra los free riders en importación, esto es, contra la competencia desleal de importadores que eluden sus obligaciones financieras en gestión de RAEE y no están registrados en el Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE).

Planta de reciclaje de RAEE
Foto: ERP (European Recycling Platform)

Así, Mª Rosario Rubio García, directora territorial adjunta de la Dirección Territorial de Comercio de Madrid, en el webinario “Control RoHS y RAEE de AEE y PYAS. Servicio de Inspección SOIVRE 2022”, organizado por ICEX España Exportación e Inversiones el pasado 30 de junio, manifestó: “El objetivo es luchar contra los free riders en importación, quienes no pagan el coste del reciclado de los RAEE, de manera que el SOIVRE, como cuerpo de inspección a la importación, puede ayudar a cambiar la situación, y que no solo los importadores y fabricantes que están cumpliendo con la legislación asuman esos costes”.

Modernas herramientas informáticas para la gestión del control
Para que estos nuevos controles a la importación no entorpezcan la agilidad necesaria de los tráficos comerciales en la aduana, la Secretaría de Estado de Comercio ha implementado novedosas herramientas informáticas.

De esta manera, se ha desarrollado ESTACICE ROHS para la gestión del control, la cual incorpora múltiples mejoras respecto a ESTACICE, que es la herramienta habitual del servicio de inspección SOIVRE.

En primer lugar, ESTACICE ROHS se integra con los sistemas de la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) en lo que es la primera ventanilla única aduanera española, a través del Punto Único de Entrada ROHS (PUE-ROHS). En este, los sistemas de la AEAT sirven de vía de comunicación entre el declarante y el SOIVRE, además de validar y tramitar la información recibida desde Comercio.

En segundo lugar, ESTACICE ROHS incorpora un novedoso e inteligente análisis de riesgo automático que agiliza los trámites de control. Este análisis de riesgo interacciona automáticamente, en línea, con el repositorio documental DOCUCICE y el Registro Integrado Industrial (RII) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Es posible adelantar el control documental para referencias de mercancías habituales

De esta manera, DOCUCICE permite presentar la documentación técnica con antelación para aquellas mercancías cuyas importaciones se repiten de forma periódica. Además de posibilitar el adelanto del control documental, la documentación presentada se integra en el análisis de riesgo automático, de modo que, si el resultado del control documental es de conformidad y no se va a realizar control físico de la mercancía, se emitirá de forma inmediata el levante de la medida, siempre que el interesado esté al día de las obligaciones del RII.

Otra novedad del sistema consiste en que ESTACICE ROHS puede consultar, online, directamente al RII-AEE si el importador está dado de alta en ese registro. Adicionalmente, permite verificar si este cumple con la obligación de declaración de las sucesivas importaciones de AEE en el Registro RII-AEE.

Lo que debe saber un importador de AEE

  • Ha de estar al día en cuanto al cumplimiento de la legislación en materia de restricciones de sustancias peligrosas (RoHS) en AEE.
  • Debe cumplir las obligaciones de registro en el RII-AEE, y de declaración de los productos importados.
  • Puede adelantar, voluntariamente, las gestiones relativas a la presentación de documentación técnica que avale el cumplimiento de los requisitos relativos a RoHS para las referencias de productos importados con asiduidad, a través de DOCUCICE.
  • Sobre la documentación técnica, para cada referencia se incluyen los documentos que avalan la conformidad del producto, como Declaraciones de conformidad, certificaciones de producto o de control de fabricación o informes de ensayo.
  • El agente de aduanas o transitario que representa al importador puede solicitar el alta en DOCUCICE de una referencia, adelantando el control documental.
La Base De Datos EPREL De Productos Con Etiqueta Energética Ya Es Pública

La base de datos EPREL de productos con etiqueta energética ya es pública

BOLETÍN DIGITAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE MAQUINARIA PARA HOSTELERÍA, COLECTIVIDADES E INDUSTRIAS AFINES

La base de datos EPREL de productos con etiqueta energética ya es pública

Por Felac Innova 26 Mayo 2022

La Comisión Europea abre la plataforma EPREL al público, pero los productos solo serán totalmente visibles si el proveedor ha verificado previamente su identidad digital.

La parte pública de EPREL ya está al alcance de todos
Foto: Comisión Europea

Desde el 2019, todos los productos que requieren etiquetado energético deben ser registrados en la base de datos EPREL (Registro de Productos Europeos para el Etiquetado Energético) por sus proveedores –fabricantes, importadores o representantes autorizados– para poder venderse en el mercado de la Unión Europea (UE), Espacio Económico Europeo (EEE) e Irlanda del Norte.

Operada por la Comisión Europea, esta base de datos consta de una parte pública y otra de cumplimiento (compliance). Hasta ahora, solo estaba operativa la parte de cumplimiento –destinada a las autoridades de vigilancia del mercado de los estados miembros–, pero este mes de mayo la sección pública ha entrado en funcionamiento. De esta manera, es accesible gratuitamente para el consumidor, distribuidor o comerciante, proporcionándole datos sobre los productos con el objetivo de que pueda elegir aquellos más eficientes energéticamente.

A través de búsquedas en la web de EPREL, solo se muestran los productos de proveedores que han verificado su identidad digital

No obstante, la parte pública de EPREL solo está mostrando, a quien realiza una búsqueda en su web, los modelos de productos registrados por proveedores que han efectuado previamente un proceso de verificación de identificación digital, un requisito que la Comisión Europea estableció como obligatorio a partir de marzo de este año.

Si el proveedor tiene productos registrados en la plataforma, pero todavía no ha verificado su identidad digital, las únicas ocasiones en que los productos son visibles en EPREL son las siguientes: en la parte pública, tras escanear el código QR de la etiqueta energética, y en la parte de compliance, para las autoridades de vigilancia del mercado. Eso sí, en ambos casos se indica que el modelo está registrado por un proveedor “no verificado”.

Modelo de etiqueta energética

Según explica la Comisión Europea en una guía actualizada publicada en abril sobre EPREL y en la que amplía el apartado de “Preguntas frecuentes”, durante un periodo transitorio, los proveedores ya presentes en la plataforma europea, aun sin haber completado el proceso de verificación, pueden seguir registrando productos.

Pero después de ese periodo transitorio –sin especificarse hasta cuándo se prolongará–, un proveedor no verificado no podrá registrar más productos en la base de datos.

¿Qué necesita el proveedor para verificar su identidad digital?
Desde el pasado 18 de marzo, es obligatorio que todo aquel proveedor, bien esté ya registrado o quiera darse de alta en EPREL, verifique su identidad mediante un Certificado de Sello electrónico Cualificado, el cual es expedido por un Prestador de Servicios Electrónicos de Confianza (Qualified Trust Service Providers o QTSP por sus siglas en inglés), cuya lista facilita la Comisión Europea en su guía sobre EPREL.

Tres son los elementos que EPREL necesita verificar: en primer lugar, la existencia real e identidad de la organización que actúa como proveedor; en segundo lugar, su establecimiento en la UE, EEE o Irlanda del Norte, y, en tercer lugar, el derecho de la persona que firma a actuar en nombre del proveedor.

En el sector de maquinaria para hostelería, hasta el momento solo es obligatoria la etiqueta de eficiencia energética en la refrigeración comercial, concretamente para armarios de conservación refrigerados y determinados equipos con función de venta directa.

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Equipamiento Hostelero: Cómo Verificar Su Seguridad Higiénica En EUA Y Europa

Equipamiento hostelero: cómo verificar su seguridad higiénica en EUA y Europa

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Equipamiento hostelero: cómo verificar su seguridad higiénica en EUA y Europa

Por Felac Innova 28 Abril 2022

Dos son las maneras: con la certificación sanitaria NSF en el mercado norteamericano, y el programa HCV EU en el europeo.

Responsables de NSF International durante su ponencia en Hostelco 2022
Foto: Felac

Uno de los espacios dentro de la feria Hostelco 2022 dedicados a difundir conocimiento fue el Speakers’ Corner, un punto de encuentro entre fabricantes y distribuidores de equipamiento de hostelería para ponerse al día en torno al producto en materia de tendencias, mantenimiento técnico o certificación.

Europa y Estados Unidos son dos mercados de exportación de cardinal importancia para los fabricantes españoles de equipamiento hostelero. Mientras que el continente europeo es su primer socio comercial, concentrando el 71% de sus exportaciones, el país norteamericano es el principal destino extraeuropeo de sus ventas al exterior.

Por este motivo, la Asociación de Fabricantes Españoles Exportadores de Equipamientos para Hostelería y Colectividades (AFEHC) organizó en el Hostelco Speakers’ Corner la ponencia “Servicios de certificación NSF y registro HCV-EU para equipos alimentarios comerciales”.

Daniel Domènech, presidente de AFEHC, en la sesión
Foto: Felac

Explicar en qué consiste la certificación sanitaria NSF, necesaria para cualquier fabricante de equipamiento para hostelería que quiera hacerse un hueco en Estados Unidos y Canadá, y cómo puede acreditarse en Europa la calidad higiénica de este tipo de productos fue el objetivo de esta ponencia, pronunciada por Sofie Ponseele, directora de cuentas de certificación de producto para EMEA (Europa, Oriente Medio y África) de NSF International, y Anna Gallarati, su delegada en España.

Certificación NSF, llave de acceso al mercado norteamericano

NSF International, organización independiente creada en 1944 con la finalidad de proteger y mejorar la salud humana, ha sido la encargada de desarrollar los estándares sanitarios para los equipos alimentarios de uso comercial en Estados Unidos y Canadá. Unos estándares sanitarios cuyos requisitos se basan en el Código de Alimentos de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés).

NSF ha desarrollado los estándares sanitarios para los equipos alimentarios en EUA y Canadá, que certifica conforme a esos patrones

En los establecimientos de restauración de Estados Unidos son habituales las inspecciones de sanidad para verificar si se cumplen los requisitos de la FDA con la intención de eliminar riesgos para la salud de los consumidores. Todos aquellos equipos alimentarios con la marca NSF –cuya obtención implica un proceso previo de certificación del equipo por parte de esta organización– ofrecen el aval de cumplir con los estándares establecidos.

De esta manera, tanto inspectores como establecimientos confían en esta certificación como garantía de la calidad higiénica del equipo que supervisan o compran, teniendo a su alcance una lista publicada por NSF International con todos los equipos alimentarios certificados.

“Si bien la certificación NSF es voluntaria, las autoridades estatales y locales de salud pública en Estados Unidos y Canadá exigen equipos alimentarios certificados para proteger al público”, afirmó Sofie Ponseele.

En total, existen 22 estándares de NSF para distintos tipos de equipos alimentarios de uso comercial –desde hornos, refrigeradores o máquinas de café hasta cuchillos o sartenes–. Los requisitos para la certificación incluyen una revisión de materiales y de diseño, así como eventuales pruebas de rendimiento relacionadas con la seguridad alimentaria, además de auditorías de la planta de fabricación.

En la ponencia celebrada en Hostelco 2022 se precisó que los requisitos de materiales y de diseño varían en función de la zona específica donde estén situados: zona en contacto directo con alimentos; zona de salpicaduras; zona ajena al contacto directo con alimentos o salpicaduras, y zona cerrada no expuesta y ajena a alimentos solo accesible para el mantenimiento. “Como requisito general, los materiales deben ser lisos y fáciles de limpiar, además de resistentes a la corrosión en el ambiente previsto para su uso final”, señaló Sofie Ponseele.

Anna Gallarati y Sofie Ponseele, de NSF International
Foto: Felac

Verificación del cumplimiento del sistema HACCP en Europa

Para el mercado europeo, NSF International ha desarrollado el HCV EU (HACCP Compliance Verification), un programa de revisión y registro que aborda los mismos aspectos de higiene y seguridad alimentaria que la certificación NSF, pero basándose en la legislación y directrices europeas.

Así, la revisión de materiales garantiza que estos sean apropiados para el contacto con alimentos según el reglamento marco que los regula (Reglamento CE 1935/2004), mientras que la revisión de diseño, responsable de confirmar que el equipo ofrece fácil limpieza y mantenimiento, está basada en los requisitos de diseño higiénico de la norma UNE-EN 1672-2.

Por su parte, las pruebas de rendimiento del equipo, que demuestran si este es capaz de mantener los alimentos a temperaturas seguras o permite la limpieza in situ, se fundamentan en los principios del método de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC, o HACCP por sus siglas en inglés).

Tanto los equipos con certificación NSF como los verificados con el programa HCV EU son incluidos en una lista para su consulta pública por autoridades y compradores

“A diferencia de la certificación NSF que da acceso al mercado norteamericano, el programa HCV EU no es una certificación sino un registro porque no conlleva la realización de auditorías de la planta de fabricación”, indicó Anna Gallarati.

Del mismo modo que ocurre con la certificación sanitaria NSF, los equipos que superan el proceso de verificación de cumplimento del HCV EU son incluidos en una lista publicada en la página web de NSF International. Esta relación funciona como catálogo para compradores que buscan equipos de hostelería que contribuyen a facilitar el cumplimiento del sistema HACCP en su negocio.

Para promover la internacionalización de la industria española de equipamiento para hostelería, la asociación AFEHC mantiene un acuerdo de colaboración con NSF International en virtud del cual sus empresas miembros obtienen condiciones ventajosas en los servicios de certificación y formación.

Las Novedades Que Trae El Nuevo Real Decreto Sobre RAEE

Las novedades que trae el nuevo real decreto sobre RAEE

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Las novedades que trae el nuevo real decreto sobre RAEE

Por Felac Innova 29 Septiembre 2021

La norma abre la puerta a la modulación de objetivos de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de uso profesional, una demanda de Felac.

El productor puede realizar la gestión de RAEE con la creación de su propio sistema individual o adhiriéndose a uno colectivo
Foto: ERP

Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) han sido objeto de regulación en España mediante tres reales decretos transpuestos de directivas europeas. El último es el Real Decreto 27/2021, publicado este año, y que modifica parcialmente el Real Decreto 110/2015.

Fue precisamente la norma del 2015 la responsable de marcar un punto de inflexión para los productores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) de uso profesional. Eso es así porque, si bien desde el 2005 ya estaban obligados a la correcta gestión de estos aparatos una vez convertidos en residuos y a la asunción de los costes que ello conlleva, es hace seis años cuando se establece un objetivo mínimo de recogida para los RAEE profesionales. Un objetivo que es el mismo que el aplicado a los RAEE de uso doméstico y que actualmente está fijado en el 65% de la media del peso de los AEE puestos en el mercado en los tres años precedentes.

Desde entonces, una de las reivindicaciones de la Federación Española de Asociaciones de Fabricantes de Maquinaria para Hostelería, Colectividades e Industrias Afines (Felac) ante la Administración pública ha sido modificar los objetivos de recogida de los RAEE de uso profesional, ya que son inalcanzables por la larga vida útil media de este tipo de aparatos, superior a la de los domésticos.

Un webinario organizado por Felac y ERP España ha abordado las novedades legales introducidas este año en gestión de RAEE

“La nueva normativa publicada este año abre la puerta a la modulación de los objetivos de recogida de RAEE de uso profesional, aunque sin concretar cómo se articulará”, declaró Rafael Olmos, presidente de Felac, en el webinario que la patronal y el sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor ERP España organizaron el pasado 9 de septiembre bajo el título “La gestión de RAEE: novedades legales introducidas en 2021” y que contó con una veintena de asistentes.

Por parte de ERP España, participaron en el seminario web Laura Alonso, directora general, y Daniel de la Torre, director comercial, además de Iago García, responsable de Empresas y Comunicación. En sus ponencias, realizaron un recorrido por la gestión de RAEE, destacando las obligaciones que tienen fabricantes e importadores en base a la responsabilidad ampliada del productor (RAP) y las novedades introducidas por el Real Decreto 27/2021.

Felac y ERP España han organizado un webinario sobre gestión de RAEE
Foto: ERP

A continuación, se explican las novedades legislativas que afectan a los productores de AEE de uso profesional.

1. Modulación de los objetivos de recogida de RAEE de uso profesional
Según la exposición de motivos del Real Decreto 27/2021, se produce una mayor dificultad de cumplimiento de los objetivos de recogida de RAEE en el sector profesional a causa de particularidades en su composición y en su gestión como residuo que lo diferencia de manera excepcional dentro de su categoría. Esto “hace necesaria la introducción de la posibilidad de establecer objetivos específicos para esos aparatos con la finalidad de que permitan realizar un seguimiento adecuado de la gestión de los residuos que generen”, indica.

Así, la nueva norma habilita a la Comisión de Coordinación en materia de residuos a, excepcionalmente y de forma motivada, arbitrar mecanismos de compensación para modular los objetivos de recogida entre categorías en función de los parámetros adicionales que se consideren adecuados. Estos pueden ser “el tiempo de vida útil de los aparatos u otros indicadores que demuestren que se puede producir un desajuste entre los aparatos producidos y los RAEE generados dentro de una misma categoría”, apunta.

Al mismo tiempo, se prevé que, también excepcionalmente y a propuesta de la misma comisión, se puedan establecer objetivos de recogida específicos para tipos de aparatos definidos en el Registro Integrado Industrial de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RII-AEE), que, por sus particularidades en relación con la composición, recogida y tratamiento dentro de su categoría, precisen de un seguimiento especial de su gestión.

2. Planes de prevención de RAEE trienales
El Real Decreto 110/2015 ya establecía para los productores la obligatoriedad de presentar planes de prevención de RAEE, aunque esta no se había llegado a materializar.

La redacción de ese apartado no precisaba ningún umbral de afectación, pero el Real Decreto 27/2021 establece que los productores de AEE con una cuota de mercado por categoría superior al 0,1% elaboren planes de prevención de RAEE trienales.

Los productores tendrán que presentar el plan antes del 31 de octubre anterior al trienio al que se refiera y, finalizada su vigencia, enviarán un informe de seguimiento del mismo.

En el 2015 se estableció un objetivo mínimo de recogida para los RAEE profesionales, el mismo que para los domésticos
Foto: ERP

3. Mecanismos para alcanzar los objetivos de preparación para la reutilización
El Real Decreto 27/2021 obliga a los productores de AEE a implementar los mecanismos necesarios para la consecución de los objetivos de preparación para la reutilización que ya estipulaba el anterior real decreto, y que eran de un objetivo mínimo del 4% para grandes aparatos y del 3% para aparatos pequeños de informática y telecomunicaciones.

4. Control previo a la importación de AEE
A la obligación de incluir el número de Registro RII-AEE en la acreditación documental de la importación de AEE de terceros países, se suma ahora una medida contra la competencia desleal de importadores no registrados (free riders), los cuales eluden sus obligaciones financieras en gestión de RAEE.

De este modo, se designa a las autoridades competentes para que, de manera previa a la importación de los AEE, supervisen y comprueben el correcto cumplimiento de las obligaciones de registro en el RII-AEE por parte de los correspondientes productores, importadores o representantes autorizados.

Un control previo a la importación de AEE que comprobará el registro en el RII-AEE trata de actuar contra la competencia desleal de los free riders

5. Instrumentos económicos y otras medidas para incentivar la aplicación de la jerarquía de residuos
Se añade un artículo que señala que las Administraciones públicas harán uso de instrumentos económicos u otras medidas para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos.

Alude a ejemplos de medidas que pueden afectar tanto a la generación del residuo, como a la fase de diseño, producción y distribución, o a la de consumo y uso.

6. Clarificación del ámbito de aplicación de la ley y del papel de los productores de AEE
El texto explicita que la norma se aplica a “todos los aparatos eléctricos y electrónicos”, si bien continúan estando vigentes las exclusiones contempladas en el anterior real decreto.

Asimismo, especifica más detalladamente las responsabilidades de los productores de AEE, diferenciando entre cuáles deben cumplir directamente y cuáles a través de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP).

Planta de reciclaje
Foto: ERP

De esta forma, los productores deberán cumplir de manera directa aquellas obligaciones que atañen al diseño, fabricación, información y suministro de documentación; el respeto de los principios de protección de la salud humana, de los consumidores y del medio ambiente, así como la aplicación de la jerarquía de residuos y la defensa de la competencia en relación con la puesta en el mercado de AEE y la gestión de RAEE.

Y, a través de los SCRAP, todo lo relacionado con la organización de la gestión de los residuos que les corresponden en función de los aparatos que hayan puesto en el mercado, la consecución de los objetivos de recogida selectiva y valorización, y la financiación de los costes asociados a esa gestión, incluyendo, en su caso, algunos costes indirectos, como el de las campañas de concienciación.

7. Ampliación del alcance de la actividad de los SCRAP
Además de tener como finalidad el cumplimiento de las obligaciones de responsabilidad ampliada del productor, los sistemas colectivos podrán llevar a cabo actividades complementarias, como acciones de I+D+i relacionadas con la gestión de los RAEE o estudios de optimización de la gestión de los RAEE.

Estas serán financiadas voluntaria y únicamente por aquellos productores que hayan decidido participar en ellas, de modo que la pertenencia a un SCRAP no conllevará la obligación de participar en ellas y financiarlas.

La colaboración de Felac y ERP y Felac para la gestión de RAEE
Los SCRAP son entidades sin ánimo de lucro constituidas por fabricantes e importadores de AEE cuyo objetivo es asegurar la correcta gestión de estos aparatos cuando se convierten en residuos. Integrado en Landbell Group, ERP (European Recycling Platform) es el único SCRAP de RAEE con presencia paneuropea que opera en España.

ERP y Felac colaboran desde el 2007 para impulsar la correcta gestión de los RAEE y la participación activa de fabricantes de maquinaria para hostelería en el cumplimiento de la responsabilidad ampliada del productor (RAP).

Para Laura Alonso, directora general de ERP España, “la RAP no debe ser contemplada por los productores como una obligación, sino más bien como un elemento diferenciador que prueba el compromiso de las empresas con la sostenibilidad, además de una oportunidad para priorizar la economía circular y el empleo verde en su gestión de negocio”.

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